Entre amparos y revisiones camina el caso Lydia Cacho–Mario Marín
Familiares de Mario Marín y Kemel Nacif son quienes promueven los amparos para conseguir la libertad de los acusados.
Los hijos y familiares del exgobernador Mario Marín Torres vienen defendiendo desde el mes de abril de este 2020 ante instancias judiciales el proceso que se le sigue al exmandatario y al empresario Kamel Nacif, así como al exjefe de la policía judicial de Puebla, Adolfo Karam Beltrán por los agravios cometidos contra la periodista Lydia Cacho. De acuerdo con las versiones públicas que han promovido los afectados ante el Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el estado de Puebla en Sexto Circuito, la defensa se arrastra desde el mes de abril y desde entonces cuentan con 25 notificaciones. Tres amparos indirectos fueron promovidos por María Margarita García Santos (expediente 501/2020); Carlos Marín García (Exp: 504/2020) y Carmen Santos Zárate (Exp: 503/2020); todo ellos en contra de Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ante el congelamiento de cuentas por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). A su vez, el expediente 138/2020 amparo en revisión fue promovido Santiago Nieto en contra de Luis Marín García y otros, en el Tercer Tribunal Colegiado en materia administrativa del Sexto Circuito en Sexto Circuito, Federal. El proceso inició el 8 de julio del 2020 y cuenta con 6 Notificaciones. No obstante, el pasado 30 de octubre, los quejosos lograron que les descongelaran unas cuentas bancarias a su nombre. En ese sentido, a su vez, el titular de la UIF promovió amparos de revisión en contra de Ventura Santos Zarate y Fernando Marín García, según los expedientes 136/2020 y 141/2020, respectivamente. Las notificaciones más recientes a los amparos indirectos promovidos por los hijos y familiares de Mario Marín, son de este 24 de noviembre, donde se estable que “se recibe el pedimento del Fiscal de la Federación adscrito a este juzgado, por el cual interpone recurso de revisión en contra de la sentencia dictada en estos autos, y formula agravios. En tales condiciones, se tiene por interpuesto el recurso de mérito, distribúyanse entre las partes copias simples del citado medio de impugnación, intégrese el expediente en que se actúa y de inmediato remítanse los autos, así como el escrito original de agravios, al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, en turno. Asimismo, se deja a disposición de las partes, copia simple del escrito de agravios en la Secretaría de este Juzgado”. Cabe recordar que recientemente, la organización Artículo 19 publicó en el diario español El País información donde se señala que el exgobernador poblano y el empresario Kamel Nacif Borge promovieron amparos contra las órdenes de aprehensión en su contra y pidieron que se desestime del juicio una llamada entre ambos, la cual conforma la principal prueba de los hechos contra Lydia Cacho. La defensa argumenta que la grabación no proviene de una investigación judicial sino de una intercepción de comunicaciones que fue filtrada a los medios de comunicación, y por ello no deben ser incorporadas en el expediente.
De acuerdo con Artículo 19, el pasado 2 de octubre se celebró la sesión en el tribunal de Quintana Roo que resolvió finalmente estos amparos. Esta decisión -que aún no es pública- es fundamental, ya que de ella podría depender la posibilidad de que Lydia Cacho encuentre justicia después de 15 años de buscarla. |