Conductores poblanos matan a 355 personas en 10 meses

Marzo y enero fueron los meses con más accidentes de tráfico que terminaron en tragedia.

Hasta el mes de octubre de este año, en Puebla han perdido la vida 355 personas a causa de accidentes de tránsito, de acuerdo con las carpetas de investigación registradas en el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

El reporte más actual indica que el décimo mes ha sido donde se han registrado mayores fallecimientos por siniestros viales al contabilizar 50 casos.

En septiembre se reportaron 30; en agosto 25; en julio, 37; junio 27: en mayo 23; en abril 38; en marzo 46; en febrero 33 y en enero fueron 46 personas que perdieron la vida.

En tanto, el reporte de la Fiscalía General del Estado (FGE) indica que de las víctimas hasta agosto de este año en Puebla, correspondieron a 214 varones, de los cuales 20 fueron menores de edad y 61 de las defunciones por accidentes fueron mujeres en el que 10 fueron niñas menores de 17 años.

En noviembre de este año han destacado y consternado algunos de este tipo de accidentes; por ejemplo, la madrugada del 7 de noviembre en la colonia Villa Verde de la ciudad de Puebla tres mujeres perdieron la vida durante un accidente vial, en un auto que era conducido por un hombre de nombre Nicolás N.

En las indagatorias del caso se estableció que el imputado presuntamente conducía su vehículo Ford Mustang en estado etílico.

En tanto, el 24 de noviembre, un peatón perdió la vida luego de que fue atropellado por un automóvil de lujo en la Vía Atlixcáyotl. El presunto responsable conducía en estado de ebriedad.

Datos de la Secretaría de Salud estatal, destacan que los accidentes automovilísticos son la primera causa de muerte en jóvenes de 15 a 29 años.

 

Recrudecen penas contra conductores ebrios

Recientemente, en noviembre de este año, en el Congreso local se reformó el Código Penal de Puebla para cancelar de por vida la licencia de manejo, además de establecer 15 años de cárcel, aquel conductor que bajo los influjos del alcohol o drogas provoque la muerte de un peatón.

La reforma corresponde al tercer párrafo del artículo 85 bis y el 86 del Código Penal del Estado; en el primero se contempla sancionar con la suspensión o cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia.

En el caso de homicidio culposo, en que se actualice lo enunciado en la fracción I del presente artículo, procederá siempre la cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia. En los demás casos la duración de la suspensión podrá ser de uno a 10 años.

Mientras que el artículo 86 señala que cuando se cause homicidio por actos u omisiones culposos de quien realiza un servicio público de transporte, la sanción será de seis a 15 años de prisión e inhabilitación de seis a 10 años para transportar pasajeros.

A pesar de ello, el Gobierno del Estado trabajará en una reforma para agravar los delitos con motivo de tránsito de vehículos, cuando el conductor conduzca en estado de ebriedad.

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