Tras meses de angustia, ofrecen estímulos fiscales para micro-pymes ante Covid-19

Diversos establecimientos se encuentran en foco rojo debido a los confinamientos.

Tras meses de angustia, ofrecen estímulos fiscales para micro-pymes ante Covid-19
Cortesía Tras meses de angustia, ofrecen estímulos fiscales para micro-pymes ante Covid-19

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Desde pagos diferidos o 50 por ciento y hasta el 100% son los apoyos que anunció el gobierno del estado para las micro, pequeñas y medianas empresas (micropymes) como estímulos fiscales para el ejercicio 2021, ante la pandemia del Covid-19, luego de que diversos establecimientos se encuentran en foco rojo debido a los confinamientos.

María Teresa Castro Corro, titular de la Secretaría de Finanzas, explicó que estos impuestos fueron calculados en la ley de ingresos del estado, y será apoyo directo a las familias, aunque se prevé una menor recaudación.

En ese sentido, se exime del pago del 100 por ciento del Impuesto Sobre Nómina (ISN) a los contribuyentes que tengan de uno a diez trabajadores que deben de enterar en el periodo comprendido entre los meses de enero a a marzo del ejercicio fiscal.

También, se exime del pago del 50% de dicho impuesto a las empresas que tengan de once a 50 trabajadores que deben entrar en el periodo comprendido entre los meses de enero a marzo.

Además, se exime del pago del 100% de recargos y actualización a los contribuyentes que empleen a más de 50 trabajadores, del impuesto que deben enterar en los meses de enero, febrero y marzo del año en curso, debiendo presentar las declaraciones correspondientes en los meses de abril, mayo y junio de 2021.

En tanto, se exime del pago del 100 por ciento del impuesto sobre servicios de hospedaje, que deben de enterar los contribuyentes durante el periodo comprendido entre los meses de enero a marzo de este año.

Entre los requisitos para que las empresas se puedan beneficiar con estos estímulos se encuentran: que deben estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la materia por la que se aplica el beneficio.

A la vez, deberán presentar en tiempo y forma las declaraciones correspondientes a los meses de enero a marzo de este año, salvo a los contribuyentes a los que se les otorga el diferimiento.