Plantean diputados que Centros Comerciales otorguen gratis una hora el estacionamiento

Esto luego de la inconformidad por parte de los ciudadanos con relación a las tarifas excesivas.

Plantean diputados que Centros Comerciales otorguen gratis una hora el estacionamiento
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Desde el Congreso del Estado se busca la expedición de reglamentación en materia de estacionamientos en la entidad, con el objeto de prever los requisitos que deberán observar para el adecuado y correcto funcionamiento de los estacionamientos privados de explotación o beneficio, así como de las Plazas o Centros Comerciales, a efecto de dar claridad y brindar más seguridad a los usuarios.

En el documento, se plantea considerar en el caso de los estacionamientos de Plazas o Centros Comerciales, excepcionar el cobro de la primera hora de uso como un contra servicio derivado del consumo de los usuarios al interior de estas.

El punto de acuerdo fue presentado por los diputados José Armando García Avendaño y Liliana Luna Aguirre, coordinador e integrante del grupo legislativo del Partido de la Revolución Democrática; Carlos Alberto Morales Álvarez, diputado sin partido; Alejandra Guadalupe Esquitín Lastiri, integrante de la representación legislativa del Partido Movimiento Ciudadano y Uruviel González Vieyra integrante de la representación legislativa del Partido Compromiso por Puebla.

García Avendaño recordó que desde antes de que se generara la presente contingencia sanitaria, existía inconformidad por parte de las y los ciudadanos con relación a las tarifas excesivas por el uso de los estacionamientos en las diversas plazas o centros comerciales.

A este desacuerdo se sumaron diversos eventos delictivos cometidos al interior de estos, y en cuyos casos la respuesta a los usuarios fue que el cobro del estacionamiento no cubría esas afectaciones ni tampoco se hacían responsables, pues si bien el seguro que contratan las plazas comerciales protege contra el posible robo de vehículo, no abarca el robo al interior de este o de las autopartes

El “Reglamento de Tránsito del Estado de Puebla” expedido en el año de 1976 y el cual permaneció vigente hasta el año 2013, contemplaba en su Capítulo II denominado “De los Estacionamientos”, lo relativo a los requisitos que deberían cubrir para que fuera autorizado el funcionamiento de los estacionamientos específicamente en el artículo 192 del ordenamiento.

Es importante mencionar que el “Reglamento de la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla”, que sustituyó al Reglamento antes mencionado, y que a la presente fecha se encuentra vigente, no regula el tema de estacionamientos privados para explotación o beneficio, ni de centros o plazas comerciales, dejando un vacío legal en materia reglamentaria y cuya expedición es competencia del Ejecutivo del Estado.