Clausuran 2 bancos de extracción de materiales pétreos en Puebla

Por no contar con la autorización de cambio de uso de suelo, las instalaciones de una empresa en Zacatlán y Chignahuapan fueron cerradas

Clausuran 2 bancos de extracción de materiales pétreos en Puebla
Cortesía | Se aseguró de manera precautoria una excavadora propiedad de la empresa Cuar Constructores Asociados SA de CV. Clausuran 2 bancos de extracción de materiales pétreos en Puebla

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó este sábado 6 de mayo que fueron clausurados dos bancos de extracción de materiales pétreos de la empresa Cuar Constructores Asociados SA de CV, con sede en los municipios de Zacatlán y Chignahuapan, Puebla, por no contar con la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

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- PROFEPA (@PROFEPA_Mx) May 6, 2017

Personal de la Profepa realizó visitas de inspección a dichos bancos; el primero, ubicado en la localidad de Michac, municipio de Chignahuapan, constató cambio de uso de suelo en terreno forestal en una superficie de 7 mil 777 metros cuadrados.

En el segundo banco de extracción, ubicado en el municipio de Zacatlán, se observó una afectación de terreno forestal con una superficie de 3 mil 299 metros cuadrados.

Ambos bancos cuentan con un desarrollo de vegetación natural espontánea de bosque mixto de Encino y Pino, lo que afecta la cubierta vegetal predominante de la región, ocasiona daño y deterioro grave de los recursos naturales por las obras y actividades realizadas.

Derivado de lo anterior y al no contar con la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, se impuso como medida de seguridad la clausura total temporal de las actividades inspeccionadas.

Asimismo, se aseguró de manera precautoria una excavadora propiedad de la empresa. Todo lo anterior con fundamento legal en las fracciones 1 y 2 del Artículo 161 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

No contar con la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, puede dar paso a una multa de 100 a 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 165, Fracción segunda, de la LGDFS, en relación con el Artículo 163, Fracciones 1 y 7 de la misma ley.