Alistan liberación de 406 reclusos en Puebla; 268 son indígenas

De acuerdo a la Ley del Indulto, quedan exentas personas sentenciadas por secuestro, trata de personas y crimen organizado.

Alistan liberación de 406 reclusos en Puebla; 268 son indígenas
Agencias | La mayoría de los beneficiarios son hombres. Alistan liberación de 406 reclusos en Puebla; 268 son indígenas

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De los 3 mil 636 reclusos con sentencia en Puebla existe la posibilidad de análisis a un universo de 406 que pudieran llegar ser beneficiarios de algunas de las vías de preliberación, como parte de la Ley del Indulto; pero quedan exentas las personas que hayan cometido secuestro, trata de personas y delincuencia organizada.

Así lo informó el secretario de gobernación, David Méndez Márquez, quien subrayó que, bajo la ley de ejecución penal, que regula esta situación, se han evaluado tres opciones para que las personas candidatas pudieran salir de la cárcel.

Indulto, que de acuerdo a las propias características y requisitos que la propia figura establece, tiene muy poca aplicación.

Liberaciones condicionadas y liberaciones anticipadas, cada una con ciertos requisitos; así como los sustitutivos de pena.

En ese sentido, el secretario Técnico del Consejo Consultivo del Indulto en Puebla, José Luciano Osorio Couttolenc, informó que tras una evaluación se determinó que 406 personas pueden obtener el beneficio de preliberación.

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De ese número de presos, 370 son hombres y 36 son mujeres. Las personas indígenas sentenciadas son 268, de ellas 253 son hombres y 15 mujeres; y 65 personas de la tercera edad de las cuales, 55 son hombres y 10 mujeres. Con enfermedades son 73, 62 hombres y 11 mujeres.

Subrayó que todas esas personas serán evaluadas conforme lo establece la Ley Nacional de Ejecución Penal para que se haga el análisis de riesgos correspondiente y se proponga ante los jueces su preliberación.

En tanto, Raúl González Schiaffini, de la dirección de Ejecución de Medidas y Sanciones, puntualizó que entre las excepciones destacan tres delitos principales: Secuestro, Trata de personas y Delincuencia organizada.

Respecto a la defensoría pública del estado, explicó que parte del proceso es que los jueces lo primero que piden es el pago de la reparación del daño o multa para que el candidato pueda ser beneficiario.

Para la libertad condicional es el 50 por ciento, para la anticipada es el 70 por ciento de la pena, y o un sustitutivo penal que entran por edad avanzada o una enfermedad grave.