Un juez será quien ordene la prisión preventiva oficiosa en los casos de extorsión y delitos previstos en las leyes aplicables
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que oficializa la reforma al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución, el cual es un esfuerzo del gobierno federal por abatir la impunidad en delitos de alto impacto. Con esto, entra en vigor la reforma constitucional que extiende el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa como la extorsión y el tráfico de drogas sintéticas. La reforma establece que será un juez quien ordene la prisión preventiva oficiosa en los casos de extorsión y delitos previstos en las leyes aplicables cometidos por la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, fentanilo y derivados. El 4 de diciembre del 2024 y con el aval de 20 Congresos de los estados, la Cámara de Diputados declaró la constitucionalidad de esta reforma. Los congresos de Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México fueron los primeros estados en aprobar la iniciativa.
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