El objetivo de este cambio al Código Penal del Estado de Puebla es combatir la violencia sexual intrafamiliar
A partir de este jueves 17 de abril, entró en vigor la reforma al Código Penal del Estado de Puebla que permitirá perseguir de oficio el delito de violación entre cónyuges y concubinos. La modificación al artículo 267 fue publicada el pasado 16 de abril en el Periódico Oficial del Estado y representa un avance importante en materia de acceso a la justicia y derechos humanos para las víctimas de violencia sexual en el ámbito familiar. La iniciativa fue presentada por Laura Artemisa García Chávez, presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, y coordinadora del grupo legislativo de Morena en el Congreso de Puebla ![]() Te puede interesar: Aumento del 60% en feminicidios durante el primer bimestre de 2025 en Puebla Con esta reforma, se elimina la condición de que solo se procedía “por querella de la parte ofendida” en casos de violación cometida entre cónyuges o personas en concubinato . A partir de ahora, las autoridades podrán iniciar una investigación penal de oficio , sin necesidad de que la víctima presente una denuncia formal. Este cambio normativo se considera crucial para combatir la violencia sexual intrafamiliar, ya que muchas víctimas enfrentan presiones, amenazas o dependencia económica que les impide denunciar. La modificación garantiza que todas las personas, independientemente de su relación con el agresor, puedan contar con un sistema de justicia que las respalde, respeto y protección, promoviendo una vida libre de violencia para todas las mujeres y personas víctimas de este delito.
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