LA SALA SUPERIOR REVOCÓ PARCIALMENTE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el panista Eduardo Rivera Pérez vulneró el interés superior de la niñez al utilizar imágenes de menores de edad en su propaganda electoral. Al resolver el juicio SUP-JG-64/2025, el Pleno revocó parcialmente la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) para que la instancia emita un nuevo fallo en el que funde y motive la decisión que tomó respecto a que el excandidato a gobernador del estado sea inscrito por tres años en su catálogo de sujetos sancionados. La Sala Superior revocó la inscripción del panista en el mencionado catálogo, a fin de que el tribunal local funde y motive adecuadamente dicha medida, así como el periodo de permanencia del registro. Agravios de Eduardo Rivera son imprecisosLa impugnación promovida por Eduardo Rivera en contra de la resolución del TEEP no procedió del todo, debido a que los agravios que expuso son genéricos e imprecisos.
El expresidente municipal de Puebla promovió el juicio con la intención de dejar sin efectos la resolución TEEP-AE-076/2025 emitida el pasado 20 de junio, en la cual se le impuso una amonestación pública por haber vulnerado el interés superior de la niñez por la aparición de menores de edad en su propaganda del proceso electoral 2023-2024 cuando fue candidato a gobernador del estado. ¿Por qué es importante esta noticia?La resolución del TEPJF confirma que Eduardo Rivera utilizó imágenes de menores en propaganda, lo que vulnera derechos infantiles. Esto fortalece la vigilancia sobre campañas políticas y protege a la niñez, promoviendo mayor responsabilidad en el uso de contenido en procesos electorales. |