La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) planea invalidar un artículo de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial de Puebla que impone como castigo la cancelación de la licencia de conducir hasta por 10 años por no contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. Actualmente, a los conductores de vehículos sancionados no se les puede expedir una nueva licencia en una temporalidad de hasta 10 años, considerando el modo, tiempo y lugar en que se cometió la infracción, así como las condiciones y circunstancias. La ministra Lenia Batres Guadarrama propuso declarar la invalidez del artículo 168 de la Ley de Movilidad aprobada por el Congreso de Puebla y publicada en el Periódico Oficial del Estado el 5 de diciembre de 2023. Para la ministra, la sanción es excesiva y desproporcionada, ya que implica “la cancelación de licencia para conducir, sin que se pueda expedir una nueva en una temporalidad de hasta diez años”. El proyecto de Batres Guadarrama señala que a ningún fin práctico llevaría la cancelación por dicho periodo de tiempo, pues la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil por daños contra terceros es una garantía que se concreta para el caso de que ocurra un siniestro de tránsito.
Te puede interesar: Nueve detenidos por robo a transporte de carga en Puebla; una es policía estatal CDH Puebla impugnó Ley de Movilidad En enero de 2024, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH) impugnó la Ley de Movilidad que obliga a los vehículos motorizados que circulen en la entidad a contar con un seguro de responsabilidad civil que garantice el pago de daños a terceros. La acción de inconstitucionalidad promovida por el entonces presidente Félix Cerezo Vélez se encuentra registrada con el expediente 1/2024. La Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla fue aprobada por el Congreso local el 16 de noviembre de 2023. También es conocida como “Ley Manu” en memoria del activista atropellado en 2018, Emmanuel Vara Zenteno.
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