El diputado local del PAN, Rafael Micalco Méndez, propuso derogar el Artículo 480 del Código Penal de Puebla, que tipifica el delito de ciberasedio, al considerar que sanciona una conducta sin una delimitación clara. El legislador del Partido Acción Nacional (PAN) presentó el 16 de octubre una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Puebla, para eliminar el Artículo 480, conocido como Ley de Ciberasedio, que establece prisión de hasta tres años para quien vigile, hostigue, intimide u ofenda a otra persona a través de medios digitales. Te puede interesar: PAN valida elección de 96 dirigencias municipales en Puebla Según Micalco Méndez, este apartado puede resultar desproporcionado en relación con otros tipos penales del Código Penal, como privación ilegal de la libertad, fraude o despojo. Además, emplea términos como vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa de forma reiterada o sistemática, lo que deja una amplia discrecionalidad a las autoridades para interpretar qué conductas aplican, lo cual, considera, contraviene el principio de taxatividad penal que exige claridad para evitar arbitrariedades. En su iniciativa, el panista señala que la reforma fue aprobada sin un proceso de diálogo y parlamento abierto con la ciudadanía, comprometiendo así su calidad y constitucionalidad. Advierte sobre tendencia a criminalizar expresionesDe igual forma, el panista advirtió sobre la preocupante tendencia a criminalizar expresiones vertidas en redes sociales y medios digitales.
Micalco Méndez señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha enfatizado que las restricciones penales deben aplicarse bajo el principio de mínima intervención y únicamente si están perfectamente delimitadas por ley.
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