Sábado 07 Febrero 2026

La Secretaría de Desarrollo Económico y Trabajo del Gobierno de Puebla solicitó al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial incluir a los municipios de Puebla y Huaquechula en la denominación de origen del mezcal.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, el secretario Víctor Gabriel Chedraui presentó el 17 de diciembre de 2025 la solicitud para modificar la Declaratoria General de Protección a la Denominación de Origen Mezcal, a fin de que ambos municipios sean incorporados a la región geográfica protegida.

En la petición se establece que la ampliación se sustenta en elementos históricos, técnicos y culturales que acreditan la producción tradicional de mezcal en distintas regiones del estado. Asimismo, se señala que durante el periodo 2015-2025, correspondiente a la vigencia de la denominación de origen, Puebla ha registrado un crecimiento sobresaliente en la producción de esta bebida alcohólica.

El documento detalla que la entidad pasó de integrar 116 localidades en su inclusión inicial a consolidarse como el segundo estado con mayor número de municipios certificados, incluso por encima de Oaxaca. Esta evolución histórica, subraya, evidencia el arraigo cultural y ancestral del mezcal, cuya elaboración ha estado presente por generaciones en diversas comunidades, preservando técnicas tradicionales y conocimientos transmitidos de forma intergeneracional.

Presentan estudio técnico del IPN para sustentar vínculo

Para respaldar la solicitud, la dependencia estatal presentó un estudio técnico elaborado por el Instituto Politécnico Nacional, con el objetivo de acreditar el vínculo entre el territorio y la materia prima utilizada en la elaboración del mezcal, así como justificar la inclusión de Puebla y Huaquechula en la denominación de origen.

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El IMPI precisó que la publicación de la solicitud no prejuzga ni constituye un pronunciamiento sobre su procedencia o improcedencia, sino que tiene como finalidad permitir que terceras personas interesadas presenten observaciones u objeciones por escrito, acompañadas de pruebas.

Dicho procedimiento deberá realizarse dentro de un plazo improrrogable de dos meses, contado a partir del 29 de enero de 2026, fecha en que la solicitud fue publicada en el DOF.