Jueves 12 Marzo 2026

En fast-track, la Comisión de Comunicaciones e Infraestructura del Congreso de Puebla aprobó, por mayoría de votos, la iniciativa de reforma a la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla, enviada hace unas horas por el gobernador Alejandro Armenta Mier.

La rapidez se debe a que el domingo 15 de marzo concluye el periodo ordinario de sesiones y, posteriormente, la LXII Legislatura entrará en receso.

La iniciativa tiene el objetivo de reconocer expresamente las acciones de infraestructura social básica y mejoramiento de vivienda para su ejecución cuando se realicen en inmuebles de propiedad particular o comunitaria.

Se trata de una armonización de la legislación local con la federal, particularmente con lo previsto en la Ley de Coordinación Fiscal y en los lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), a fin de otorgar certeza jurídica a la ejecución de acciones de mejoramiento de vivienda en inmuebles de propiedad particular o comunitaria de los beneficiarios, cuando estas se financien con recursos públicos destinados al desarrollo social.

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Durante la sesión, la diputada Fedrha Suriano Corrales, de Movimiento Ciudadano, criticó que la iniciativa haya sido aprobada tan rápido, sin un proceso mínimo de análisis por parte de las y los integrantes de la Comisión, en contraste con las cientos de iniciativas que se encuentran en la congeladora legislativa.

Además, evidenció que, erróneamente, el área jurídica del Congreso turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano las reformas a la Ley de Obra Pública, cuando corresponde a la Comisión de Comunicaciones estudiarla y dictaminarla.

Derechos de vía y expropiación de inmuebles

Se entenderá por obra pública las obras y acciones sociales básicas que beneficien preferentemente a la población en extrema pobreza, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social, conforme a la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley General de Desarrollo Social y en las zonas de atención prioritaria.

La propuesta de Armenta Mier establece que, cuando sea el caso, previo a la ejecución de los trabajos, las dependencias y entidades deberán tramitar y obtener de las autoridades competentes los dictámenes, permisos, licencias, derechos de bancos de materiales, así como la propiedad o los derechos de propiedad, incluyendo derechos de vía y expropiación de inmuebles sobre los cuales se ejecutarán las obras públicas, o los derechos otorgados por quien pueda disponer legalmente de los mismos.

En la convocatoria a la licitación se precisarán, de ser aplicables, los trámites que corresponderá realizar al contratista.

Tratándose de obras y acciones sociales básicas, que se realicen en inmuebles de propiedad particular o comunitaria de los beneficiarios, el ejecutor de gasto debe acreditar que, previo a la ejecución de los trabajos, cuenta con el permiso expreso y/o los derechos otorgados por quien pueda disponer legalmente de estos.