La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podría declarar inconstitucional un oficio emitido por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla, en el cual informó que la comunidad de Maloapan, pertenece al municipio de Hueyapan. Esto por vulnerar el principio de seguridad jurídica e incidir indebidamente en el ejercicio de las atribuciones municipales en materia de prestación de servicios públicos y hacienda municipal, reconocidas en la Constitución federal. Así lo señala el proyecto de resolución elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien propone declarar la invalidez del oficio emitido el 17 de septiembre de 2020 por el Instituto Registral y Catastral, mediante el cual informó que la localidad de Maloapan pertenece a Hueyapan. La propuesta sería sometida a votación del Pleno de la Corte durante la sesión del próximo martes 2 de junio.
Lo anterior, deriva de la controversia constitucional 223/2023 promovida por el Ayuntamiento de Atempan en contra de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, así como de la Fiscalía General del Estado (FGE). La SCJN podría declarar inconstitucional el oficio catastral, toda vez que al sustentar la adscripción territorial de la comunidad en un instrumento técnico —como el marco geoestadístico del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)— sin respaldo en una determinación formal emitida por el Congreso de Puebla, genera incertidumbre respecto de la autoridad municipal competente. Te puede interesar: Conflicto territorial entre Atempan y Hueyapan llega a la SCJN No hay omisión legislativa del Congreso de PueblaEn cuanto a la supuesta omisión legislativa del Congreso para definir los límites territoriales entre Atempan y Hueyapan, la ministra Esquivel Mossa propone declararla como infundada, ya que la normativa local no obliga al Poder Legislativo a actuar de oficio, sino a la solicitud de los municipios involucrados. Cabe mencionar que históricamente el municipio de Atempan presta los servicios públicos y recauda derechos en la localidad de Maloapan. Incluso, el Congreso local reconoce la jurisdicción del Ayuntamiento en la Ley de Ingresos. |