Jueves 06 Agosto 2026

Tras la polémica por sus comentarios sobre personas adultas mayores, creció la versión de que las diputadas de Morena Nayeli Salvatori Bojalil y Elvia Graciela Palomares Ramírez podrían perder sus curules y ser sustituidas por Lizeth Gallegos Lozano y Alexa Espidio Sánchez, respectivamente; sin embargo, una sanción partidista no basta, pues para que las suplentes asuman tendría que existir una licencia, separación definitiva, suspensión judicial o destitución mediante un procedimiento legal.

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De acuerdo con los resultados oficiales del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE), Grace Palomares fue electa como diputada propietaria del Distrito 16 de Puebla capital, mientras que su suplente es Alexa Espidio Sánchez. En el caso del Distrito 18 de Cholula, Nayeli Salvatori es la propietaria y Lizeth Gallegos Lozano aparece registrada como su suplente.

La Constitución poblana señala que por cada diputación propietaria se elige una suplente. Esto significa que Alexa Espidio y Lizeth Gallegos no pueden desplazar automáticamente a las legisladoras, sino que deben ser llamadas por el Congreso cuando exista una ausencia temporal o definitiva reconocida legalmente.

¿Quiénes son las suplentes?

Alexa Espidio Sánchez ocupa actualmente la Subsecretaría de Juventud del Gobierno de Puebla. Además de formar parte de la fórmula electoral de Grace Palomares, ha participado en actividades gubernamentales y legislativas relacionadas con juventudes, deporte, participación política e inclusión.

Alexa Espidio es actualmente Subsecretaria de Juventud de Puebla

Lizeth Gallegos Lozano, suplente de Nayeli Salvatori, fue titular de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Puebla (CEEAVI). Documentos oficiales señalan que dejó esa institución en enero de 2026 y entregó los asuntos, bienes y documentación a Pedro Alberto Plaza Montaño.

Lizeth Gallegos Lozano, fue titular de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Puebla

Una sanción de Morena no les quitaría la curul

La eventual suspensión o pérdida de sus derechos partidistas en Morena no equivale a la suspensión de sus derechos políticos ni provoca automáticamente que dejen de ser diputadas. La curul deriva de una elección constitucional y no de la permanencia dentro de un partido.

La Ley Orgánica del Poder Legislativo de Puebla establece que una diputada puede ser suspendida cuando el Congreso emite una declaración de procedencia para que sea procesada penalmente, cuando exista una sentencia judicial que suspenda sus derechos o cuando solicite una licencia para separarse temporalmente del cargo.

En cualquiera de esos supuestos podría llamarse temporalmente a la suplente. La Constitución y la Ley Orgánica también contemplan que, si una diputada falta injustificadamente a más de tres sesiones consecutivas del Pleno, no podrá regresar hasta el siguiente periodo y será llamada su suplente. Esta medida no representa necesariamente la pérdida definitiva de la diputación.

La pérdida definitiva de la condición de diputada puede producirse por la separación del encargo, por una sentencia judicial firme que declare su culpabilidad y le retire sus derechos políticos o por una destitución emitida mediante un procedimiento legal. En ese escenario, el Congreso tendría que llamar a la suplente para cubrir la vacante.

¿Podrían ser destituidas mediante juicio político?

Sí existe la posibilidad legal de destituir a una diputada mediante juicio político, pero se requiere acreditar una conducta de especial gravedad. El artículo 125 de la Constitución de Puebla permite aplicar la destitución e inhabilitación por violaciones graves a la Constitución, manejo indebido de recursos públicos o actos y omisiones cometidos en el ejercicio del cargo que dañen los intereses públicos fundamentales.

Cualquier ciudadano puede presentar una denuncia por escrito ante el Congreso, pero debe acompañarla con pruebas y ratificarla dentro de los tres días naturales siguientes. Posteriormente, las comisiones legislativas deben revisar su procedencia, investigar los hechos y garantizar a la persona señalada el derecho de audiencia y defensa.

Para ordenar una destitución, el Congreso de Puebla debe constituirse como Gran Jurado y aprobar la resolución con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes. No se trata, por tanto, de una decisión que pueda tomar por sí sola la dirigencia de Morena, la Junta de Gobierno o la presidencia del Poder Legislativo.

Además, la Constitución y la Ley de Responsabilidades establecen expresamente que el juicio político no procede por la mera expresión de ideas. Por ello, los comentarios que originaron la polémica, aunque puedan generar condenas públicas, consecuencias políticas o sanciones partidistas, no producirían por sí solos la destitución de las diputadas. Tendría que acreditarse alguna de las causas graves previstas por la ley.

En conclusión, Alexa Espidio Sánchez y Lizeth Gallegos Lozano únicamente llegarían al Congreso si Grace Palomares o Nayeli Salvatori solicitan licencia, se separan definitivamente, son suspendidas por una resolución judicial o son destituidas mediante un procedimiento legal. Una investigación o sanción interna de Morena no basta para retirarles sus diputaciones.