Invisible el matrimonio infantil en Puebla
A pesar que el INEGI reporta que el estado de Puebla ocupa el 10 lugar en el país en uniones tempranas y forzadas, ni la Fiscalía General del Estado (FGE) ni el sistema DIF tienen un solo caso reportado en la entidad.
En el país, Puebla está considerado en la estadística de los cinco municipios con el mayor número de niñas y adolescentes en uniones tempranas o forzadas. A pesar de que el matrimonio infantil está prohibido en todo el territorio nacional, ni la Fiscalía General del Estado (FGE) ni el sistema DIF tienen un solo caso reportado. De acuerdo con la Ficha Técnica Infancia y adolescencia en Puebla de la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), difundido el pasado junio de 2024, el estado de Puebla registra 15.1 mil niñas y adolescentes en uniones tempranas. Así, con el 4.2 por ciento de las mujeres de 12 a 17 años esta entidad se ubica en el 10 lugar en el país con el mayor porcentaje de uniones forzadas.
Y contrario a lo que se considera, este fenómeno no ocurre sólo en comunidades o demarcaciones alejadas de la capital, el municipio de Puebla ocupa en el país el quinto lugar en estas uniones sólo por debajo de los municipios de León (Guanajuato), Juárez (Chihuahua), Tijuana (Baja California) y Acapulco (Guerrero). De acuerdo a respuestas por solicitudes de información, tanto el DIF estatal como el municipal sostienen que no tienen y nunca antes --- de la fecha de respuesta---, han tenido un solo caso reportado. La FGE a cargo del fiscal Gilberto Higuera Bernal aseguró no haber registrado nunca un caso en el que hubiera conductas que obliguen a menores a convivir con otra persona en forma constante y equiparable al matrimonio o que registrara cohabitación forzada de menores de 18 años o casos en los que se coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse forzadamente. Para Diohema Anlleu, activista en favor de los niños, niñas y adolescentes y consejera del REDIM, estas negativas son un desconocimiento brutal, pues el Senado avaló reforma para castigar el matrimonio infantil hasta con 22 años de cárcel en 2023 aunque este 2024 aún se registraron adiciones a la legislación. La activista sostiene que las uniones forzadas en Puebla son un acto cotidiano que constituye una violación a los derechos humanos y un crimen que Puebla se niega a investigar y erradicar. Casos ignorados, esfuerzos inútilesEn abril del 2024 vecinos de la Calle Independencia en Santa María Zacatepec, perteneciente a la Junta Auxiliar de Juan C Bonilla, se organizaron para interponer una denuncia anónima tras percatarse de que un hombre de 55 años de edad vivía con una niña de 13 años en calidad de pareja, reportada como embarazada. La denuncia no prosperó. Fuentes aseguraron a este medio que ni en el DIF del municipio ni en la FGE registraron el hecho, y les advirtieron que debía ser el tutor quien debía denunciar, lo que era un despropósito, pues al parecer la madre de la niña estaba de acuerdo con la unión. Expertos consultados coincidieron en señalar que aunque se han hecho intentos por terminar con la práctica de los matrimonios infantiles ---- todo matrimonio formal o unión informal entre un niño menor de 18 años y un adulto u otro niño---- lamentablemente no han tenido resultados esperados. En marzo del 2023, el Senado aprobó la penalización del matrimonio forzado de menores o matrimonio infantil, al considerarlo como un delito que tendrá una pena de hasta 22 años de cárcel si la víctima es integrante de una comunidad indígena o comunidad afromexicana. El decreto que reforma el Código Penal Federal, establecía "un tipo penal autónomo que sancione a quienes obliguen a menores a convivir con otra persona en forma constante y equiparable al matrimonio", por lo que el argumento de “sus padres le dieron permiso al menor de casarse” no podrá justificar más la unión que se consideraría forzada. En octubre de ése año, el Pleno del Senado aprobó con 76 votos, reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de que las autoridades de los tres ámbitos de gobierno, adopten medidas integrales que protejan a la niñez contra las prácticas nocivas que representa el matrimonio infantil. Este logro legislativo adiciona el registrado en marzo de 2019, cuando el Senado aprobó la prohibición de los matrimonios infantiles en todo el país, además de diversas disposiciones del Código Civil para establecer los 18 años como edad mínima para el matrimonio. La reforma al artículo 148 y al artículo 265 para señalar que los que siendo mayores de edad contraigan matrimonio con un menor, incurrirán en penas (Diario Oficial de la Federación (DOF) el 3 de junio de 2019) Todos estos esfuerzos, en concreto, eliminaban los permisos legales para el matrimonio a partir de 16 años para los hombres y 14 años para las mujeres y se derogaba la posibilidad de que autoridades locales y familiares concedieran dispensas o consentimiento para contraer matrimonio antes de los 18 años, hasta entonces vigente en más de 20 entidades del país que contaban con excepciones y dispensas legales que lo permitían. Pero a más de cuatro años de su entrada en vigor de esa reforma y de las adiciones posteriores, no se ha impedido que los matrimonios o uniones tempranas se sigan celebrando, Particularmente en comunidades en las que se practican usos y costumbres como el matrimonio forzado; ni hasta el momento se ha castigado a los culpables. Matrimonio infantil, invisibilizadoMatrimonios infantiles visibilizados en el INEGI en el Censo de 2020 resultan ser invisibles para la FGE. De acuerdo a las respuestas a las solicitudes de información con los folio 210421524000288, 210421524000274, 210421524000595 y otras más, refirió desconocer los casos o estadísticas en el que hubiera Carpetas de Investigación en el que estuvieran presentes conductas que obligaran a menores a convivir con otra persona en forma constante y equiparable al matrimonio o que registrara cohabitación forzada de menores de 18 años o casos en los que se coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estos niños o adolescentes a unirse forzadamente. Aducía que ninguno de estos señalamientos estaba contenido en el tipo penal establecido en el Código Penal para el Estado de Puebla, por lo no estaba en posibilidad de dar la estadística de los casos registrados. Pero en la respuesta a la solicitud 210421524000346, se negó precisar cuál era el tipo penal o el delito que estuviera relacionado con matrimonio infantil, uniones tempranas o forzadas, “Debido a la naturaleza de su petición, no se adecúa a lo que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, al no tratarse de una solicitud de acceso a la información pública. En consecuencia, no es posible proveer una respuesta a la misma, en atención a que esta Fiscalía no emite opiniones o consultas sobre temas específicos” (sic). El recurso de revisión interpuesto por esta casa editorial, no fue atendido por el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información (ITAIPUE). El fenómeno del matrimonio infantil tampoco es advertido para los organismos que están obligados a garantizar la Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. De acuerdo con el folio 211204924000065 del Sistema DIF Estatal, no está dentro de sus atribuciones conocer asuntos de denuncias o quejas de matrimonios y uniones infantiles, tempranos o forzados, ni siquiera como registros para orientación, respondió a esta casa editorial al declararse incompetente. Una respuesta similar se obtuvo del Sistema Municipal DIF que “nunca se había recibido reporte de esa naturaleza”. Uniones tempranas aumentan en MéxicoMatrimonio infantil es todo matrimonio formal o unión informal entre un niño menor de 18 años y un adulto u otro niño. De acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad; por lo que, la referencia a niña o niño, también se incluye a los adolescentes cuando se alude a Matrimonio infantil Aunque esta definición parezca obvia, aún causa confusión y ha frenado la visibilización del fenómeno. Datos de la reciente Estadística de Nupcialidad publicadas por INEGI señalan que las uniones tempranas son un fenómeno que ha aumentado en México en los últimos años. En el Censo 2020 de INEGI se preguntó a mujeres de 12 años o más por su estado civil: 237 mil 175 mujeres de entre 12 y 17 años a nivel nacional se encontraban casadas o unidas en 2020; esto correspondía a 3.7 por ciento de la población femenina de dicho rango de edad. El mismo año, la cantidad de mujeres adolescentes casadas o unidas entre los 12 y 17 años era tres veces superior a la de hombres de la misma edad :76 mil 322. Hay evidencia de que la cantidad de mujeres casadas o unidas antes de los 18 años es mayor a la de los hombres porque el matrimonio o la unión de las mujeres se da en muchos casos con parejas mayores de edad. De acuerdo con la Ficha Técnica Infancia y adolescencia en Puebla de la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), difundido el pasado junio de 2024, el estado de Puebla registra 15.1 mil niñas y adolescentes en uniones tempranas. Así, con el 4.2 por ciento de las mujeres de 12 a 17 años esta entidad se ubica en el 10 lugar en el país con el mayor porcentaje de uniones forzadas de acuerdo al Censo de INEGI. La mayor cantidad de mujeres de 12 a 17 años casadas o unidas durante 2020 habitaba en Estado de México, Chiapas y Veracruz. En estas tres entidades residía una de cada cuatro mujeres adolescentes casadas o unidas durante 2020. Por otro lado, el matrimonio o la unión entre las mujeres de 12 a 17 años era un fenómeno más frecuente en Chiapas, Guerrero, Michoacán y Tabasco. En estas cuatro entidades más de una de cada 20 mujeres adolescentes de entre 12 y 17 años se encontraba casada o unida en 2020. De acuerdo a REDIM, no existen cifras oficiales sobre matrimonio o unión antes de los 12 años porque el Estado mexicano no lo contabiliza. No obstante, es posible decir que ya desde los 12 a 14 años 18 mil 974 mujeres adolescentes estaban casadas o unidas en México durante 2020. La cantidad de mujeres adolescentes casadas o unidas aumenta entre los 15 y 17 años a 218 mil 201 el mismo año. En este último rango de edad, 6.8 por ciento de las adolescentes en el país se encontraban casadas o unidas en 2020; sin embargo, en Chiapas, Guerrero y Michoacán, más de una de cada 10 mujeres de 15 a 17 años estaban casadas o unidas el mismo año. No hay armonización con la Ley FederalDiohema Anlleu, activista en favor de los niños, niñas y adolescentes y consejera del REDIM, sostuvo que los matrimonios y las uniones infantiles, tempranos y forzados son una realidad a pesar de su falta de visibilidad los calificó como “un fenómeno complejo” porque está relacionado con desigualdades de género, violencia, pobreza, abandono escolar, embarazo adolescente y marcos legales y políticas inadecuados, limitados o inexistentes, que ponen en riesgo el presente y futuro de niñas adolescentes. Dijo que estos matrimonios infantiles afectan de manera desproporcionada a niñas y adolescentes de zonas rurales, hogares en situación de pobreza y con menos acceso a la educación. Reconoció la complejidad del tema y sostuvo que erradicar esta práctica exigirá también un cambio cultural en el país, enfáticamente en estados con mayor población indígena como Puebla. “Se debe reconocer que el estado tiene gran vulnerabilidad al respecto”. “No podemos como ciudadanía dejar de reconocer que las niñas tienen que ir a la escuela, que tiene que estar protegidas y reconocer que las niñas necesitan otros espacios seguros de crecimiento y que finalmente la Unión forzada, temprana o el matrimonio no debe ser una opción para ellas” Sostuvo que el estado de Puebla no ha logrado la armonización con el Código Federal en materia de prohibición de matrimonio infantil, para velar por el interés superior de la niñez y cumplir con las disposiciones generales y jerárquicamente superiores. “Las recientes reformas legislativas al Código Civil Federal se suman a las disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prohibir el matrimonio infantil, pero Puebla va en un carril paralelo” “La SIPPINA estatal en los últimos tres años o cuatro años no ha habido mucha actividad y ha realizado actos protocolarios y no mesas de trabajo en donde debe estar la sociedad civil, la Academia niñas y niños y organismo de todo el gobierno estatal justo para hablar sobre qué está pasando. Si la autoridad no interviene, pues no hay manera de poner a salvo o de proteger a las niñas y adolescentes”. Iniciativa en el Congreso localEste mes, la diputada panista Celia Bonaga Ruiz, presentó la iniciativa para derogar la Fracción XVIII del Artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal para que en ningún caso las y los presidentes municipales suplan el consentimiento que necesiten los menores de edad para contraer matrimonio. En su iniciativa la diputada consideró que la entidad sí ha homologado la legislación para prohibir el matrimonio de menores de edad; pero quedaba aún pendiente eliminar “cualquier excepción a lo plasmado tanto en Código Civil Federal y Estatal, y cerrar cualquier oportunidad de celebrar matrimonios con menores de edad. En el caso de Puebla, la Ley Orgánica Municipal todavía contempla la facultad que tienen los presidentes municipales para suplir el consentimiento que necesiten los menores de edad para contraer matrimonio” Así desaparecería la fracción que a la fecha está vigente: “Suplir a los menores de edad el consentimiento que necesiten para contraer matrimonio, excepto en la Capital del Estado, en los casos de irracional negativa de los ascendientes o tutores. En estos casos oirán a los que hayan negado el consentimiento y al Ministerio Público”. Aunque integrantes de REDIM consideraron que falta mayor homologación reconocieron el esfuerzo para hacer visible el fenómeno. “Ya ponerlo en la mesa, aunque le falten los detalles técnicos es un gran paso, se dará lugar a una incidencia mayor” “En la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) creemos que una de las maneras de erradicar esta violación a los derechos de niñas y mujeres adolescentes consiste en que el Estado mexicano tome medidas más enérgicas para combatir el matrimonio forzado y la venta de niñas y mujeres adolescentes: “Nos vemos en la necesidad de recordar que la venta de personas – y las niñas lo son: sujetas de derechos, sin discriminación de ningún tipo– constituye una violación a los derechos humanos y un crimen que el Estado mexicano debe investigar y erradicar.” Activistas lamentaron la falta de reconocimiento e invisibilización permanente que las máximas autoridades expresan hacia todos los temas que deben involucrar su compromiso y trabajo para garantizar la defensa de los derechos de la niñez y adolescencia; en especial, ante los diversos peligros en perjuicio de la seguridad y protección que deben tener a una vida libre de violencias. |