Viernes 29 Agosto 2025

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las creaciones generadas exclusivamente por inteligencia artificial (IA) no pueden ser consideradas obras protegidas por derechos de autor en México. Esta decisión marcó un precedente importante en el ámbito legal y tecnológico del país.

El fallo se basa en el principio de que los derechos de autor están reservados para personas físicas, ya que implican una expresión creativa derivada de la personalidad humana. Al no existir intervención directa de una persona en la creación de contenido generado por IA, dichas obras quedan fuera del marco legal que otorga protección autoral.

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La resolución responde a un caso en el que se solicitaba el reconocimiento de derechos sobre una imagen creada por un sistema automatizado. La Corte concluyó que, aunque estas herramientas pueden producir contenido original, no cumplen con el requisito de autoría humana establecido en la legislación vigente.

Este dictamen abrió el debate sobre la necesidad de actualizar las leyes de propiedad intelectual ante el avance de tecnologías emergentes, y planteó interrogantes sobre el uso, distribución y monetización de obras generadas por algoritmos.