Miércoles 01 Abril 2026

El juez Jorge Arroyo Martínez, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en materia de Amparo en Puebla, negó la suspensión definitiva solicitada por organizaciones ambientalistas y ciudadanxs para frenar el proyecto del Cablebús, al determinar que no existe evidencia de afectaciones ambientales ni de ejecución de obra.

Sin embargo, el Colectivo Hermanos Serdán anunció que seguirá en la búsqueda de la cancelación total de la obra, al considerar que se omitió el principio precautorio en materia ambiental. 

La resolución fue emitida el 30 de marzo de 2026 dentro del expediente 362/2026, tras la audiencia del juicio de amparo indirecto 362/2026-V. De acuerdo con el juzgador, los actos reclamados, como tala, poda o remoción de árboles, son inexistentes, debido a que el proyecto se encuentra únicamente en fase de planeación.

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De acuerdo con el fallo, las autoridades señaladas negaron haber realizado cualquier intervención sobre la vegetación urbana, y la parte quejosa no logró aportar pruebas suficientes para acreditar sus señalamientos.

Según el fallo, los documentos presentados se limitaron a información sobre la calidad del aire en la ciudad, sin demostrar la ejecución de obras o daños ambientales. Asimismo, los comunicados oficiales del gobierno estatal únicamente evidencian la intención de desarrollar un sistema de transporte por cable. 

La audiencia se realizó una semana después de que el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Circuito resolviera el recurso de queja 133/2026, en el que otorgó una suspensión provisional para evitar intervenciones en áreas verdes. 

Aunque el tribunal consideró parcialmente fundados los argumentos sobre posibles afectaciones, la suspensión definitiva fue rechazada en esta nueva etapa.

Colectivos y grupos ciudadanos mantiene su rechazo a la obra / Archivo EsImagen

El juez Arroyo Martínez también señaló que, aun si los actos reclamados existieran, la suspensión sería improcedente, ya que implicaría ordenar acciones definitivas como garantizar participación ciudadana o acceso a información ambiental, lo que equivaldría a anticipar los efectos de una eventual sentencia.

“De esta forma, aun cuando se hubiera demostrado la existencia de las omisiones reclamadas, lo cierto es que de cualquier forma resultaría improcedente conceder la suspensión definitiva solicitada (...). Ahora que las autoridades responsables rindieron sus respectivos informes manifestando la inexistencia de los actos por tratarse de un proyecto, lo procedente es negar la suspensión definitiva” se lee en la sentencia.

Tras la resolución, integrantes del Colectivo Hermanos Serdán manifestaron su rechazo, al considerar que se omite el principio precautorio en materia ambiental.

A través de un comunicado, señalaron presuntas irregularidades como falta de transparencia en los trazos del proyecto, ausencia de estudios técnicos y exclusión de habitantes de colonias como Prados Agua Azul, Huexotitla y Gabriel Pastor.

Cabe recordar que entre las autoridades señaladas en el amparo se encuentra la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial  (SMADSOT) del gobierno estatal, a la que se acusa de no haber hecho público el Manifiesto de Impacto Ambiental.