Infancias trans: la SCJN prepara decisión sobre su reconocimiento

El derecho a la identidad de género autopercibida de niños, niñas y adolescentes en México es importante sin la necesidad de ir a juicio.

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En cuestiones de derechos humanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya está analizando un proyecto de sentencia que propone declarar inconstitucional que las personas que busquen cambiar el género en su acta de nacimiento deban tener 18 años de edad cumplidos.

De aprobar la propuesta, el máximo tribunal permitiría que los menores de edad transgénero puedan modificar el documento sin tener que hacerlo a través de un juicio.

Este miércoles, los integrantes de la Primera Sala discutirán el proyecto elaborado por la ministra Norma Piña, que derivó luego que el Registro Civil de la Ciudad de México impidió a un menor de edad hacer el cambio de identidad sexo-genérica, de masculino a femenino.

El menor tramitó un amparo que le negó un juez bajo el argumento de que el requisito de tener 18 años está justificado, ya que la persona debe tener una madurez física y emocional para tomar una decisión que afectará su vida.

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La Primera Sala concluyó que, con base en el artículo 1 de la Constitución, los menores de edad “sí tienen derecho a la adecuación de su acta de nacimiento con motivo de la identidad de género autopercibida”, pues se garantiza el pleno ejercicio de sus derechos.

Si la SCJN respalda este proyecto, habrá un precedente en el reconocimiento de las infancias trans, aunque, cada congreso tendrá que trabajar y cambiar los códigos civiles para acreditar este derecho, como ha pasado con el matrimonio igualitario o con la despenalización del aborto.

CDMX, Estado de México y Oaxaca son algunos de los estados que han cambiado su Código Civil para que este trámite sea directo, sin estigmatizaciones que den pie a la discriminación.

Pero aún hay restricciones en la mayoría de los estados. Y hasta el momento los únicos en hacer este trámite sin amparos son Jalisco, Oaxaca y CDMX.