Las personas con discapacidad podrían enfrentar un vacío legal de casi cinco años para acceder a mecanismos judiciales que les permitan recibir apoyo en la toma de decisiones, luego de que la Cámara de Diputados aprobara aplazar hasta el 1 de julio de 2031 la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Ante esta modificación, Human Rights Watch (HRW) pidió al Senado mantener para el 1 de abril de 2027 la entrada en vigor del procedimiento de designación de apoyos, previsto originalmente en el Código aprobado en junio de 2023. La organización advirtió que, sin este mecanismo, los tribunales podrían enfrentar dificultades para proteger los derechos, el patrimonio y la integridad física de quienes necesitan ayuda para tomar decisiones con efectos legales.
¿Cómo afecta este retraso al Código?El problema se origina en que el Código eliminó la interdicción, una figura que permitía a los tribunales declarar jurídicamente incapaces a personas adultas, particularmente aquellas con discapacidad intelectual o psicosocial, y entregar a tutores el control de decisiones sobre sus bienes, finanzas y asuntos personales, sin garantizar que se respetara su voluntad. La interdicción quedó derogada el 8 de junio de 2023. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido que esta figura es incompatible con los estándares internacionales de derechos humanos y que su eliminación no depende de la entrada en vigor gradual del nuevo Código. Te puede interesar: Colectivo de personas con discapacidad denuncia trabas de acceso en la Suprema Corte ¿Qué ocurriría sin una alternativa legal?HRW advirtió que los tribunales podrían tener dificultades para resolver situaciones urgentes. Por ejemplo, si una persona entra en coma sin dejar instrucciones sobre su patrimonio o atención médica, la falta de un procedimiento para designar apoyos podría comprometer sus bienes, salud o integridad física. El Código contempla un procedimiento judicial extraordinario para designar apoyos cuando no sea posible determinar la voluntad y las preferencias de una persona, pese a realizar esfuerzos considerables. Un juez podría nombrar a alguien que facilite el ejercicio de su capacidad jurídica, bajo salvaguardias para prevenir abusos. Este mecanismo no equivale a la interdicción: no permite declarar incapaz a una persona ni autoriza que otra sustituya de manera general sus decisiones.
Organizaciones de personas con discapacidad, defensoras de los derechos de las personas mayores, asociaciones profesionales y colectivos de derechos humanos también han solicitado que este procedimiento quede fuera del aplazamiento. Hasta ahora, la Ciudad de México es la única entidad que ha declarado parcialmente vigente el Código, incluidas las disposiciones para designar apoyos. HRW reconoció que implementar una reforma nacional requiere tiempo y recursos, pero consideró injustificable aplazar casi cinco años más esta protección. El Senado todavía puede corregir la legislación y mantener la entrada en vigor del procedimiento para abril de 2027. |