Desastre en la Fiscalía General del Estado

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Pablo RANGEL SARRELANGUE


Agosto 17, 2016

La molestia que priva en el foro de abogados poblanos en contra de las actuaciones de la Fiscalía General del Estado y que se traducen en una flagrante violación a la garantía de seguridad jurídica contenida en el artículo 17 de la Constitución Política Mexicana, no es producto de la entrada en vigor del Nuevo Sistema Penal Acusatorio, por el contrario, se genera por una actitud negligente, burocrática y, desde luego encaminada a la impunidad.

En efecto, al haberse concentrado en el edificio central de la fiscalía las otrora denominadas averiguaciones previas que se encontraban registradas en las diferentes agencias del Ministerio Público investigadoras de la entidad y determinar sin respeto a la garantía de audiencia el archivo de muchas de éstas, ha generado indignación no sólo en los afectados por la comisión de un ilícito sino en quienes daban seguimiento técnico a la integración de las referidas indagatorias por un compromiso laboral previamente contraído.

Por tanto, el actuar burocrático y negligente del fiscal Víctor Carrancá es contrario al deber que le impone la referida garantía de seguridad jurídica, en la que el constituyente pretende evitar bajo dos deberes negativos que el ciudadano busque justicia sin intervención de la autoridad. Dicho en otras palabras: el artículo 17 de la imperativamente dispone que: a).- los ciudadanos de la República no pueden ejercer violencia para reclamar un derecho y; b).- no pueden hacerse justicia por propia mano.

El propio ordenamiento constitucional obliga a la autoridad para encontrase expedita al llamado del ciudadano que pide su intervención ante la afectación que sufre por la posible comisión de un delito; no obstante, bajo el perezoso argumento de que frente a la entrada en vigor del Nuevo Sistema Penal Acusatorio la mayoría de agentes del Ministerio Público han sido concentrados para cumplir la actividad respectiva en diversas áreas simplemente propicia impunidad, situación esta que ciertamente es impugnable por la vía del amparo biinstancial que, desde luego, genera una carga laboral adicional al abogado postulante y más aún: una carga económica al afectado en sus derechos. Por tanto, es innegable que los recursos erogados por la Federación desde hace más de ocho años para la capacitación e implementación del Nuevo Sistema Penal Acusatorio fueron destinados a fines diversos y, como he sostenido en anteriores entregas, las injusticias y arbitrariedades de la autoridad poblana tendrán un costo social grave.

El desastre administrativo que priva en el órgano encargado de impartir justicia no es nuevo y debe ser atendido prioritariamente por el futuro gobernador considerando que en la actualidad la impartición y administración de justicia han sido delegadas de manera poco responsable. Las voces de los abogados postulantes ameritan respeto y atención, empero también para ser escuchadas deben llegar a las instancias respectivas y bajo el estricto marco de un esquema legal, pues precisamente el actuar ilegal y arbitrario de las autoridades debe combatirse con esquemas garantistas previamente establecidos, sin que ello implique coartar la libertad para difundir públicamente esas arbitrariedades.

No es obstáculo precisar que actualmente quienes laboran en la fiscalía refieren con insistencia la falta de personal de apoyo, ello debido a los también arbitrarios recortes en la base burocrática, situación ésta que se fraguó por los elevados salarios a una pequeña cúpula de la fiscalía, denominada por algunos como el caviar, porque, dicen, es la hueva más cara en dicha institución.

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