Aerolíneas, viajes y niños

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José Juan ANZURES


Diciembre 20, 2016

Hace seis meses compré tres boletos de avión en una aerolínea para viajar de la Ciudad de México a Madrid el día 13 de diciembre de 2016, regresando el día 1 de enero de 2017. Cuando compré dichos boletos tuve que pagar extra por escoger unos asientos en la fila 24 que tenían más espacio que los demás asientos de clase turista. La decisión obedeció a que viajaría con mi hijo de 4 de meses de edad y pensaba que necesitaría más espacio, además de que en ese espacio se suele colocar una cuna para el bebé.

El tiempo pasó, el día del esperado viaje a España con mi esposa, mi padre y mi hijo de cuatro meses llegó y cuál fue la sorpresa que al entrar al avión y dirigirme a mis asientos "con más espacio", éstos ya estaban asignados a otras personas, y los míos estaban dos filas atrás con el mismo espacio que todos los demás asientos y naturalmente sin espacio alguno para la cuna del bebé.

Me quejé con la tripulación, pero no pudieron hacer nada, y aunque yo quería quitar a la señora que estaba en los asientos más espaciosos tampoco lo iba a hacer, pues ella los tenía asignados, también tenía un bebé de año y medio, y además porque entiendo que ella también pagó por ellos. Así que tenía el mismo derecho que yo de estar ahí. Respecto de la cuna, la tripulación me explicó que sólo tenían una y que en el vuelo había siete infantes.

Ahora parece que las aerolíneas cobran no sólo por el servicio de transporte que prestan, sino también por ciertos asientos con un poquito de mayor espacio, como los que se encuentran inmediatamente después de la clase ejecutiva o en las salidas de emergencia. La sobreventa de vuelos u overbooking no es una conducta ilegal sino una práctica reiterada de las aerolíneas para, de alguna forma, compensar el posible 5 por ciento de los pasajeros no show, o sea de los que no se presentan al vuelo.

Pero en el caso de la sobreventa de asientos con un costo extra me parece difícil pensar que esté permitido sobrevenderlos previendo que no se vaya a presentar el cliente, aunque si la cuestión no está legislada o se maneja como una sobreventa "normal", entonces la aerolínea lo puede hacer (como presumo que lo hizo con mis boletos).

Me sigue pareciendo complicado pensar, por poner un símil, que a un cliente que haya comprado un boleto en primera clase le digan que el asiento que tenía reservado lo tiene otra persona y que lo pasen a otro lugar de menor categoría.

Si las aerolíneas tienen la obligación de realizar ciertas acciones hacia las personas con discapacidad y mujeres embarazadas, cómo es posible que no tengan ciertas obligaciones hacia los menores de edad, cómo es posible que se permita la operación de un viaje de 10 horas, donde seguro habrá más de un infante, con una sola cuna; o que garanticen el acceso preferente de personas con bebés y una vez en la cabina no se les dé trato preferencial.

Los menores de edad, como otros sectores de la población, son personas que requieren un trato preferente por todos los prestadores de servicios, para que obtengan una igualdad real en la prestación, no darlo o cobrar por dicho trato podría tildarse de discriminatorio y contrario la dignidad humana.

*Director del Departamento de Derecho, Relaciones Internacionales y Ciencia Política del Tecnológico de Monterrey Campus Puebla

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