Audiencias públicas, mecanismos que alientan la participación social

  • URL copiada al portapapeles

El acercamiento de los administrados con la administración pública va acotando aún más el actuar arbitrario y discrecional de esta última por medio de mecanismos que permiten la participación de todos los grupos sociales en el debate de los temas que pueden afectar sus bienes, derechos y/o intereses.

Las nuevas tendencias en materia de participación ciudadana se distinguen por la apertura que deben tener los gobiernos en invitar a la población que participe directamente en los proyectos que realiza el gobierno, por lo cual las viejas ideas de que la población participaba en la toma de decisiones mediante la emisión del voto, en la actualidad, han dejado de tener vigencia.

Los viejos y tradicionales sistemas de participación ciudadana han dejado de ser eficaces y se ha abierto paso a otros, más nuevos y mejores, donde la población pude opinar, acceder a la información pública e incluso controlar la administración pública.

Poco a poco hemos dejado atrás el autoritarismo que por muchos años marco el camino del actuar de los órganos estatales, pues no podemos seguir con viejas ideas que sirvieron para justificar el actuar discrecional del Estado, bajo el argumento siempre del bien común.

Por ello se considera que es muy importante, en estos tiempos, el acceso de la ciudadanía a la información pública, la participación de normas de carácter general y en el control de la administración pública.

En este mismo orden de ideas, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mandata a los Ayuntamientos, en su artículo 115, fracción II, asegurar la participación ciudadana y vecinal. Para lo cual se requiere que la población participe activamente, opinando, discutiendo, proponiendo; que, su voz se haga escuchar, que sus reclamos sean tomados en cuenta por el gobierno.

La naturaleza de nuestro sistema es esencialmente participativa, de manera que la participación de los particulares en las decisiones de las autoridades municipales no puede descartarse en nuestro régimen democrático.

En esa congruencia es importante acotar que las audiencias públicas son mecanismos que alientan la participación social dentro del proceso de toma de decisiones tanto administrativas como legislativas y que han ido ganado espacio en otros países dentro del tejido institucional de los últimos años. En ellas se habilita un espacio para que expresen su opinión todos aquellos que pueden tener algún interés en el tema que se convoca.

Es un mecanismo de participación que, con sus limitaciones, permite, sin embargo, mayores niveles de transparencia en la gestión pública, puesto que, como primera medida, los funcionarios son obligados a justificar las acciones de gobierno que deseen emprender. Au vez, estas instancias limitan las posibilidades influencias de los grupos de poder, ya que actúan como frenos a sus interese particulares.

Así que los derechos de acceso a la información pública y participación ciudadana son operativos obligatorios para la autoridad, y para hacerlos efectivos, el ciudadano cuenta, además con herramientas en las cuales se puede apoyar, como es la audiencia y publicidad.

En ese orden de ideas, la Ley Orgánica Municipal, determina en su artículo 75 que el Ayuntamiento podrá celebrar sesiones de Cabildo abierto para realizar entre otros, audiencias públicas, cuya importancia coadyuve al desarrollo social, económico y cultural y fomente la participación de los habitantes del municipio.

No obstante, ello, las mismas son solo una posibilidad de hacer o no hacer, aunado a ello, tampoco precisa lo que se pretende en la audiencia pública; por ello esta semana, presentaré ante el Congreso del Estado, como tu voz en el congreso, una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica Municipal, que adicione el artículo 193 bis, dentro del Capítulo XIX, denominado "De la Participación Ciudadana en el Gobierno".

Propuesta que contemple que para alentar la participación ciudadana, se organizará en un marco de organización, respeto, y tolerancia, audiencias públicas en las que los ciudadanos puedan proponer la adopción de determinados acuerdos o la realización de ciertos actos; recibir información sobre las actuaciones de los órganos que integran la Administración Pública Municipal; presentar al Presidente Municipal, al Ayuntamiento, a los titulares de la Administración Pública Municipal, propuestas o quejas en todo lo relacionado con la Administración Pública Municipal; reciban orientación de parte de los órganos de la Administración Pública Municipal; y se canalice su demanda pública a las áreas correspondientes para su pronta atención.

Esto atendiendo a que los Municipios son los órganos que representan el contacto más cercano y directo de la población con el gobierno y se tengan los instrumentos adecuados de participación por medio del cual sus habitantes, puedan de manera directa participar en las decisiones del Ayuntamiento, en un marco de organización, respeto, y tolerancia.

*Diputado Local de la LIX Legislatura

@pabloporpuebla

FACEBOOK: Pablo Fernandez del Campo

[email protected]

  • URL copiada al portapapeles