Lunes 24 de Julio de 2017 |
Todos los plazos se cumplen. Llegó el 19 de julio, con lo cual la vigencia de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, Ley 3de3, una de las siete leyes que integra al Sistema Nacional Anticorrupción. A nivel nacional en la percepción ciudadana rondan dos escenarios: por una parte los procedimientos judiciales vinculados con el ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, por otra, las manifestaciones de Organizaciones No Gubernamentales que han acompañado el proyecto de este Sistema, que representa la aspiración de resultados palpables en el lastre de corrupción en que el país parece sumirse. A nivel local, las Entidades Federativas enfrentan los análisis de IMCO y Fundar, respecto a los avances a nivel legislativo y administrativo para la creación de los Sistemas Locales Anticorrupción. Las 7 Leyes que integraron el paquete de reformas Anticorrupción son: 1. Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 2. Ley General de Responsabilidades Administrativas; 3. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, que motivó modificaciones a la Ley de Coordinación Fiscal y a la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 4. La modificación del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para transformarse en el nuevo Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con la atribución de sancionar a servidores públicos y personas físicas y morales que realicen actos de corrupción; 5. Las reformas a Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para crear la Fiscalía especializada, aún acéfala; 6. Los cambios al Código Penal Federal, para cambiar la denominación de los delitos cometidos por servidores públicos al rubro genérico de "delitos por hechos de corrupción" que permitirá, el día que existan voluntades, vincular a procesos penales por esta situación a servidores públicos y particulares; 7. La reforma a Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Estas siete leyes, guardan relación directa con dos, al día de hoy abrogadas: la Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, así como con otras dos aún vigentes: la Ley de Procedimiento Administrativo que establece los requisitos de todo acto administrativo, las etapas de procedimiento, el recurso de impugnación, los pruebas que pueden ofrecerse, el principio de negativa ficta, la nulidad y anulabilidad del acto, entre otros aspecto, mientras que la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo, regula lo relativo a que por muchos años se le conoció como "juicio de nulidad", los tipos de procedimientos ante el Tribunal Contencioso (tradicionales, sumarios, electrónicos, de fondo), los plazos, los tipos de resoluciones y sus efectos, etc. Cabe hacer la aclaración de que estas Leyes no fue necesario reformarlas pues su propia naturaleza está vinculada a procedimientos, es decir se trata de leyes adjetivas y no sustantivas, como el caso de algunas de las 7 que integraron el paquete Anticorrupción. Otra nota aclaratoria: no pueden aplicarse en las entidades federativas pues la primera sólo aplica a la administración pública centralizada y paraestatal Federal y la segunda al Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Con este panorama normativo, las Entidades Federativas, a las que sólo se les está evaluando si ya reformaron su Constitución Local, así como si cuentan con Ley de Sistema Local Anticorrupción, si han nombrado Fiscal Anticorrupción, si han creado Comités de Selección -ciudadanizados- para definir a los miembros de los Comités de Participación Ciudadana, y si cuentan con Tribunal de Justicia Administrativa, al presentar retrasos y pendientes en estos rubros, reflejan falta de compromiso con el mandato de la propia Constitución Política, pues de poco o nada servirán los nombramientos si no existen las adecuaciones normativas en todos los procedimientos administrativos, o a la inversa, podrán parcharse o generarse reformas parcialmente adecuadas a la legislación Constitucional y Federa, pero la implementación podrá estar coactada en el plano personal, patrimonial y presupuestal. Ayn Rand, filósofa y escritora afirmó "cuando descubras que la corrupción es recompensada y la honradez se convierte en un auto-sacrificio, entonces podrás afirmar, sin temor a equivocarte, que tu sociedad está condenada". Cayendo cada vez más en la posición internacional de percepción de corrupción, según Transparencia Internacional, siendo de un 91% la crisis de representación política por falta de confianza de los ciudadanos en sus representantes, según el Barómetro Global de la Corrupción, los habitantes de este país no podemos permitir que se auto-sacrifique este Sistema, o acaso ya nos será indiferente la condena de que la hablaba Ayn Rand?
*Académica e Investigadora @npimente |