Martes 12 de Septiembre de 2017

Cuando en 1977 se reformó por primera ocasión el Artículo 6° de la Constitución Política Federal, se consideró en el catálogo de las entonces garantías individuales el derecho a la Información, estableciéndose la obligación al Estado a garantizarlo. Hasta la fecha, el artículo ha sido modificado en otras cinco ocasiones, con la finalidad de estar ad hoc a las tendencias que marca el derecho internacional, así como por la necesidad de contar con las instituciones públicas que construyan el camino entre las normas, las políticas públicas y la participación ciudadana, para materializar el ejercicio del derecho de acceso a la información así como la protección de los datos personales en posesión de entes públicos y privados.

Si estas reformas constitucionales por sí mismas, en el terreno de la legalidad, representaron la voluntad de actores políticos para lograr los acuerdos de aprobación de las reformas, con la modificación también constitucional que reconoce la protección más amplia de los derecho humanos para todas las personas en este país, debiera ser una consecuencia natural lograr el incremento en la información pública difundida por los Sujetos Obligados… la Ley General de Transparencia y las leyes en las entidades federativas, incrementaron los artículos, fracciones e incisos de información pública oficial, cuya publicación no puede estar condicionada salvo la inexistencia o las causales de reserva –fundadas y motivadas.

Por si no fuera suficiente, que el derecho de acceso a información se trata de un derecho humano, de que el catálogo de sujetos y contenidos se han incrementado, de que existen reconocidos principios como el de accesibilidad para todas las personas, también la atención a grupos indígenas y la figura de ajustes razonables para personas con algún tipo de discapacidad, se mencionan en las leyes las obligaciones de incorporar lenguaje sencillo, depurado de tecnicismos, para promover en los ciudadanos la Cultura de la Transparencia y del Derecho de Acceso a Información Pública.

Si bien en el plano teórico el concepto de Transparencia difiere del Derecho de Acceso a Información, si le preguntáramos a los ciudadanos su opinión sobre estas palabras, su percepción generalizada sería vincularlos, en el aspecto teórico, como opuestos a corrupción, opacidad… sin embargo, por más esfuerzos que se realizan en el ámbito jurídico, parecen tener poco impacto positivo en la apreciación ciudadana. La falta de confianza y credibilidad en las instituciones públicas –y en las privadas vinculadas con actos de corrupción, erosiona el ideal de la apertura gubernamental, sobre todo, en una época en la que pareciera que los tiempos que señala el calendario electoral de frente a las elecciones en 2018, volviera a este proceso el tema sobre el que se desenvuelven las agendas públicas.

El 8 de septiembre presentó el presidente de la República su proyecto de paquete fiscal, que deberá cumplir con el mandato Constitucional de ser eficaz, eficiente y simple, para atender las acciones del último año de su gobierno, en el que ocurrirá el primer proceso electoral centralizado de elecciones federales y locales. De suma importancia será contar con información pública abierta, completa, oportuna, gratuita y de fácil acceso para la ciudadanía, tanto de los partidos políticos como de sus candidatos, así como su comunicación y difusión que además de garantizar el acceso a la información, deberá otorgar a los ciudadanos la posibilidad de procesarla para reflexionar y decidir su voto, en favor de quienes se comprometan y demuestren representarnos, ejerciendo sus cargos públicos en atención al principio de Transparencia

Hace poco más de un año, cuando el aún presidente de los Estados Unidos, Barack Obama, visitó el Parque de la Memoria, erigido a las víctimas de la última dictadura en Argentina mencionó: "tenemos la responsabilidad de enfrentar el pasado con honestidad y transparencia", haciendo referencia a la desclasificación de información que realizó el gobierno que encabezaba y que fue fundamental para las indagatorias respecto de los actos cometidos en contra de quienes fueron afectados por esos atentados, dejando en claro la importancia de la cooperación internacional y del acceso a información como derecho humano. Es tiempo de que la sociedad reclame estos principios: honestidad y transparencia, para su presente y futuro.

*Académica e Investigadora

@npimente