El gobierno de los pueblos

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Miguel Barbosa Huerta


Noviembre 30, 2017

Después de cuatro años de resultados cuestionables y de hechos que no dejan satisfecho a nadie, resulta importante que la reforma a la Ley Orgánica Municipal se revierta para que los gobiernos de los pueblos, las llamadas juntas auxiliares, recuperen su dignidad, identidad y en verdad sean útiles a la organización social, el funcionamiento de nuestro estado y se conviertan en instancias que favorezcan la paz social. Con toda responsabilidad, en estos momentos, cuando la inseguridad y la violencia han llegado a niveles inimaginables en Puebla, debemos preguntarnos si la disminución de facultades a los gobiernos de los pueblos facilitó el establecimiento del escenario que ahora padecemos.

En diciembre de 2013, el Congreso aprobó una reforma a la Ley Orgánica Municipal, por medio de la cual las juntas auxiliares se convirtieron en órganos desconcentrados de la Administración Pública Municipal y quedaron subordinadas a los Ayuntamientos de los municipios del que forman parte, sujetándose a la coordinación de las dependencias y entidades de la administración pública municipal. De esta manera, las juntas auxiliares pasaron a depender de la Secretaría de Gobernación Municipal o su equivalente en la estructura administrativa.

En ese momento, hace cuatro años, en la exposición de motivos, en las declaraciones a los medios de comunicación de los promoventes de la reforma, se tejió un rosario de críticas en contra de las juntas auxiliares. Entre otras cosas, se dijo que las atribuciones de éstas generaban confusión y ambigüedad, que dificultaban el orden y la seguridad; que prevalecían las acciones unilaterales y que violentaban derechos de los ciudadanos. Se habló de abusos de autoridad y de manejo poco transparente en funciones como la del registro civil, el cobro de pagos y la educación. La verdad es que los gobiernos de los pueblos chocaban con el modelo de negocios que desde la administración estatal se impuso en nuestro Estado.

En ese momento se obvió que los gobiernos de los pueblos tienen fuertes antecedentes históricos en Puebla. Son una forma tradicional de organización que no puede ser tratada como una reforma administrativa. En 1861, en la Constitución de nuestro estado, se establecía la existencia de las llamadas juntas municipales y en 1880, adquirieron su actual denominación. Al momento de la reforma existían 600 juntas auxiliares. El resultado de la disminución de las atribuciones de los gobiernos de los pueblos no fortaleció la institucionalidad ni mejoró la administración; por el contrario, provocó fuertes protestas y enfrentamientos sociales, con saldos mortales, como ocurrió en el zafarrancho entre los pobladores de San Bernardino Chalchihuapan y policías estatales, cuando precisamente los pobladores de esa comunidad exigían al gobierno estatal la reintegración a las juntas auxiliares de la facultad del servicio de registro civil.

Tenemos que revisar a fondo la Ley Orgánica Municipal y revertir la reforma. Por una parte, debemos tener presente que el gobierno de los pueblos expresa la dignidad de muchas comunidades, una dignidad histórica y, por la otra, adecuar nuestra estructura funcional de acuerdo a la normatividad vigente; como lo es el nuevo sistema penal acusatorio y oral. Estoy seguro de que con una reforma adecuada, los gobiernos de los pueblos pueden servir de forma importante al restablecimiento del tejido social en Puebla, por ejemplo, contribuir de manera útil a salir de la crisis de inseguridad y violencia que vive nuestra entidad.

 

@MBarbosaMX

*Senador de la República

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