Miércoles 07 de Febrero de 2018

Hoy ser mujer está de moda… desde campañas enfocadas a prevenir la violencia en todas sus vertientes cometida contra mujeres, hasta programas enfocados al empoderamiento, pasando por la reforma político electoral que obliga a todos los partidos a contar con equidad en la asignación de las candidaturas, no cabe duda de que este año es de las mujeres. Sin embargo, llevar a la vida práctica las reformas político electorales, será uno de los primeros retos para convertir discursos en acciones que garanticen que en cualquiera que sea el espacio de desarrollo de las mujeres, se gozará de libertad y seguridad para su desempeño.

En esta ocasión me enfocaré a la violencia política contra mujeres, por ser elemento clave para obstaculizar nuestra efectiva participación política y ciudadana en México, partiendo de reconocer que si en este terreno, donde eventualmente algunas mujeres han alcanzado el poder para manifestarse, la paridad de participación en los congresos, gubernaturas, presidencias, o al frente de secretarías, entidades o aún en la integración de juzgados y tribunales, se encuentra más que lejana, lo que dificulta que los abusos físicos, psicológicos, patrimoniales, económicos o de cualquier otra índole queden fuera de la agenda pública, sometiéndose a engrosar la lista de pendientes para este país.

Uno de los retos más importantes se encuentra en la difícil tarea que le corresponde a instituciones como el INE, los OPLES, los Tribunales Electorales, partidos políticos, así como a los propios candidatos (partidistas o independientes) para garantizar los unos que el proceso electoral permita la participación y expresión ciudadana por parte de las mujeres; los otros para fortalecer las propuestas que permitan incluir los proyectos legislativos y de gobierno con enfoque de equidad de género.

Pero entonces, vale la pena identificar qué es y cómo se manifiesta la violencia política de género. Lo primero es considerar cualquier acto u omisión que tenga por objeto directo o indirecto transgredir, menoscabar, minimizar o imposibilitar el goce, ejercicio, participación y reconocimiento de los derechos en favor de las mujeres, que emanan de la Constitución Federal y los Tratados Internacionales. Para reconocer las diferentes manifestaciones de la violencia, recordemos que el Protocolo para Atender la Violencia Política Contra las Mujeres, así como el artículo 6° de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia la clasifica de la siguiente forma:

 

Violencia psicológica. Cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, descuido reiterado, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio.

Violencia física. Cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas.

Violencia patrimonial. Cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima.

Violencia económica. Toda acción u omisión que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral.

Violencia sexual. Cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto.

 

Si bien es cierto que en México no existe un marco legal general y específico que persiga, disminuya y prevenga este tipo de acciones, en el marco político-electoral se encuentran diversas iniciativas de diputadas y senadoras, como la abanderada por la Senadora Martha Angélica Tagle al impulsar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral para el cumplimiento de la cuota de género en las elecciones del 2012, con el acompañamiento a los procesos para el cumplimiento de la paridad durante las elecciones de 2014-2015, aspectos que han marcado un antecedente para que más mujeres se sumen a esta defensa.

Ejemplo de violencia política contra mujeres en este país son muchos y variados, como los registros simulados de candidatas que renunciaban a sus cargos para cederlos a suplentes varones, las "Juanitas" que dieron lugar a que en la actualidad los registros de titulares y suplentes de una fórmula deben ser del mismo sexo. O bien los casos donde se registraba a mujeres en distritos donde "tradicionalmente" una mujer perdería o donde existe baja participación, por lo que en virtud de ello la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial se ha pronunciado respecto del artículo 3 de la Ley General de Partidos Políticos (que prohíbe el registro de candidatas en distritos perdedores), emitiendo la resolución correspondientes considerando determinar tres bloques obtenidos en la elección pasada, permeando entre la votación (baja, media y alta) permitiendo analizar objetivamente la existencia de una desviación que perjudique a las candidatas… sin embargo, la violencia contra mujeres en materia política es aún tan socialmente permitida, que facilita la discriminación hacia aquellas que deciden alzar la voz para participar activamente, siendo sometidas a revisiones que van más allá de sus perfiles profesionales o laborales, hasta la normalización de ataques verbales o físicos, que caen en la guerra sucia o de desprestigio que en nada favorecen que la ciudadanía pueda evaluar propuestas, proyectos y plataformas, por encima de géneros.

Órganos jurisdicciones y legislativos se han pronunciado en contra de la violencia política contra la mujer tibiamente, generando que la sociedad confunda la apertura para participación en paridad de mujeres, con la oportunismo político. El principal error radica al momento de que elegir a la "mejor candidata", por encima de la denominada despectivamente "cuota de género", que permite calificar a las mujeres en razón de su meritocracia partidista, trayectoria, competencia y capacidad, cuando en el escenario masculino el "reciclaje" parece a nadie preocuparle. Seamos críticos y objetivos para mantenernos atentos en estas temporadas, demos cabida a la igualdad, participación plural propositiva, pues la vida política democrática de una sociedad se debe afrontar con respeto y colaboración y no con imposición y cerrazón.

*Académica e investigadora.