Las consultas populares y los riesgos de la simulación

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Tomás Milton MUÑOZ


Noviembre 17, 2018

Las consultas populares son un importante mecanismo de participación ciudadana en la conformación de modelos democráticos directos, pero deben de ir acompañadas de andamiajes institucionales que garanticen la mejor información para los participantes y condiciones de transparencia con el fin de evitar que sean hechas a modo para conducir sus resultados o se aumente el verticalismo presidencial en la toma de decisiones, como ha ocurrido en algunos países de América Latina de forma reciente.

Como parte de los mecanismos que promueven la democracia directa, según destaca la politóloga uruguaya Alicia Lissidini, las consultas populares se circunscriben a instancias legales en las que una propuesta "ya sea de reforma constitucional, de ley, de rechazo de una ley vigente o de revocatoria de un mandato, promovida tanto por los ciudadanos como por el presidente o el parlamento es sometida a voto popular".

Las consultas populares, los referendos, plebiscitos, revocatorias de mandatos e iniciativas ciudadanas son instrumentos que promueven la democracia directa y están contempladas en las constituciones de diferentes países de América Latina, así como en las de países europeos y de Estados Unidos de Norteamérica, y son en buena medida resultado de la presión ejercida por los ciudadanos para que sus opiniones sean consideradas sin intermediarios (como partidos políticos o legisladores); empero dichos mecanismos también han sido utilizados por gobiernos para avalar decisiones preconcebidas, incluso "amañadas".

Al ser una herramienta, las consultas pueden ser un elemento primordial para acercar más a los ciudadanos a los procesos de elaboración de políticas públicas, además pueden generar mayores consensos y legitimidad, pero también pueden resultar contraproducentes ollevar a la tergiversación, a la división, al cumplimiento de caprichos de cúpulas gobernantes, todo depende de la forma en que sean implementadas, de las intencionalidades de las autoridades en turno y de los contextos.

Por medio de consultas populares el pueblo chileno le dijo no a la continuidad del régimen del dictador Augusto Pinochet en 1988; en Venezuela, la mayoría de los ciudadanos participantes validaron en 1999 la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente y aprobaron la Constitución Bolivariana de Hugo Chávez; en 2004 los bolivianos se manifestaron en favor de abrogar la entonces vigente ley de hidrocarburos que era favorable a las grandes transnacionales; y en 2006 y 2007 los costarricenses y los panameños fueron convocados para aprobar, de forma respectiva, la participación de Costa Rica en el Tratado de libre Comercio entre Estados Unidos y Centroamérica y la ampliación del Canal de Panamá.

De forma más reciente, en California y Florida se utilizó la figura de la consulta popular para aprobar el uso recreativo y medicinal de la marihuana; en Colombia se aplicó el mecanismo en 2016 para validar el acuerdo de paz alcanzado con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC); y en el mismo año se sometió a consulta en Reino Unido la decisión de salir o no de la Unión Europea. En los últimos dos casos, grupos conservadores impulsaron sendas agendas y se impusieron.

En síntesis, el uso de consultas populares no necesariamente garantiza tomar las mejores decisiones en materia de políticas públicas, pero si son armadas con transparencia, de forma legal y con información suficiente pueden convertirse en herramientas valiosas para la participación ciudadana como elemento coadyuvante en la gobernanza.

En el caso mexicano, la Constitución contempla la figura de las consultas populares y en caso de realizarse, el Congreso debe de emitir la convocatoria respectiva, el Instituto Nacional Electoral (INE) será el encargado de celebrarlas durante las elecciones federales y sólo si participa 40 por ciento de los electores inscritos en la lista nominal tendrían carácter de vinculante.

Es por ello, como destaca el ex consejero presidente del Instituto Federal Electoral (IFE), José Woldenberg, que para considerar a las consultas populares "legítimas y legales" en México, "no pueden ser caprichosas, ni en los términos que se le ocurran al convocante", como lo que se vivió durante el ejercicio realizado por iniciativa del presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, entre el 25 y el 28 de octubre para determinar si se cancelaba o no la terminal aérea que se construye en Texcoco, al menos hasta el 31 de diciembre.

Independientemente de las razones sociales, técnicas y ecológicas esgrimidas para cancelar la nueva terminal aérea, así como de los intereses económicos en juego, el ejercicio realizado en octubre pasado no puede ser considerado una consulta popular legal ni legítima, pues fue una herramienta para validar una decisión presidencial –aunque no esté aún en funciones- tomada con antelación y en la que participó apenas un millón de personas, no hubo convocatoria del Congreso y no fue realizada por el INE.

Los próximos 24 y 25 de noviembre se realizará un nuevo ejercicio impulsado por el presidente electo con el mismo procedimiento y con la intención de validar 10 proyectos estratégicos, entre ellos la construcción del Tren Maya y de una nueva refinería en Tabasco, la plantación de árboles frutales y maderables en un millón de hectáreas, el otorgamiento de becas a estudiantes y de capacitación laboral, pensionar a discapacitados y promover la cobertura gratuita a internet en lugares públicos.

Sin duda, es necesario promover una mayor participación de la ciudadanía en la toma de decisiones, sobre todo ante la falta de confianza que se tiene en los gobernantes, pero debe de realizarse en un marco que propicie la información sin sesgos a los ciudadanos, certeza legal en los procesos de consulta y la imparcialidad del ejercicio.

Si el actual presidente electo y su equipo desean tomar decisiones de gran envergadura para México, y en pleno uso de sus facultades al tomar posesión, que lo hagan y asuman el costo político, social y económico, en lugar de buscar"legitimidad" a través de ejercicios dudosos y alejados de la institucionalidad y la legalidad, porque en el futuro, si sus planes no cuajan, podrán echarle la culpa al "pueblo bueno" que decidió mal.

Nota: Respecto a la xenofobia presente en nuestro país con motivo de la presencia de centroamericanos, sería bueno revisar la Constitución en su artículo primero, pues destaca la obligación del Estado mexicano de respetar los derechos humanos sin importar origen étnico, nacionalidad o credo de las personas en el territorio nacional. Resultó que en este lado de la frontera hay muchos hijos de Trump o seguidores de la corriente "trumpiana".

 

* Doctor en Ciencias Políticas y Sociales. Profesor e investigador de tiempo completo adscrito al Centro de Relaciones Internacionales de la UNAM y profesor de cátedra en el ITESM Puebla.

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