Martes 05 de Marzo de 2019

 

"La ley aparece como ciega a las privaciones

de la población, sorda a sus principales reclamos

o decidida a no remediar

las afectaciones jurídicas existentes".

Roberto Gargarella

 

En los últimos tiempos, en las noticias solamente observamos impunidad de quienes roban auto-partes, de quienes asaltan el transporte público, de quienes roban en tiendas y bancos, de los que hieren y matan; también somos testigos de que las autoridades no pueden hacer lo que deben hacer o, por lo menos, para lo que supuestamente están establecidas. Así, el que debe multar, solo lo hace para justificar su cargo y multa al que políticamente le conviene. Eso mismo sucede con el que apresa, con el que juzga, con el que administra y, desde luego, con el que legisla. Y si esa es la descripción de la realidad nacional, entonces, la ley no representa nada. Ya se había dicho, desde el siglo XIX, que con tantas leyes y modificaciones a las mismas, no se cumplen ni las anteriores ni las nuevas: "Hemos querido remediar los defectos de nuestras leyes patrias […] dando otras en su lugar, con lo cual nos hemos quedado de ordinario sin ninguna, porque una ley sin antigüedad no tiene sanción, no es ley […] la novedad de la ley es una falta que no se compensa por ninguna perfección, porque la novedad excluye el respeto y costumbre y una ley sin esas bases es un pedazo de papel, un trozo literario" (Juan Bautista Alberdi). Por ello, todo mundo hace lo que quiere.

Se ha sostenido que es el Estado el principal incumplidor del derecho (García Villegas, Mauricio. Normas de papel, Bogotá: Siglo del Hombre Editores y de justicia, 2013.); de ser así, ¿como se le puede exigir al gobernado que cumpla con la ley?, si el propio Estado, sus instituciones y servidores públicos no cumplen con detalles como asistir a la hora de entrada y desempeñar su cargo. Desde luego que, por eso, todos los gobernados se estacionan donde no deben estacionarse, se atraviesan las avenidas donde es prohibido; y así, hasta llegar a los hechos más lesivos para una nación. Todo lo cual, se agudiza en forma dramática, desastrosa y, sobre todo, triste, pues en el ámbito de las instancias jurisdiccionales -con una propuesta alemana- se ha sustentado todas y cada una de las decisiones de este país (Alexy, Robert, La doble naturaleza del derecho. Madrid: Editorial Trotta, 2016). Las sentencias han sido invadidas por propuestas que no son asequibles a nuestra nación, pero que son el fundamento teórico y práctico de ellas y, sobre todo, de las decisiones más delicadas que deben tomarse en la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tales propuestas consisten en asumir que en las decisiones más importantes que se deben tomar se puede ponderar, aun cuando es claro que la ponderación, es decir, sostener que un derecho se puede colisionar con otro derecho fundamental y, por tanto, determinar que un derecho de estos es más importante que otro, provoca estar ante la presencia de una cuestión meramente subjetiva que no tiene racionalidad alguna y que convierte las decisiones judiciales más delicadas de una nación en simples decisiones políticas (Ferrajoli Luigi; Ruiz Manero, Juan, Dos modelos de constitucionalismo Una conversación, Madrid: Editorial Trotta, 2012).

Esos juicios de ponderación se han permitido a partir de las reformas constitucionales de los días 6 y 10 de junio de 2011, que permitieron que los jueces no apliquen la ley, sino que decidan qué derecho se debe proteger en un caso concreto y cuál debe ser desestimado. Por ende, ese juicio de ponderación sigue siendo un juicio de valor, por lo menos para la escuela de derecho mexicana, y es uno en el que no existe la posibilidad de decir lo contrario; es decir, no hay posibilidad de que se trate de un juicio racional y objetivo, dado que se trata de una simple decisión política. Por ello, en muchas de las ocasiones los cargos más altos del poder judicial no los ostentan quienes hayan tenido una carrera judicial o, bien, una carrera litigiosa, sino políticos a los que se les permite resolver en qué momento es oportuno -políticamente- determinar que un derecho cuenta con mayor peso específico que otro.

Con este decisionismo, evidentemente, se permite que los jueces puedan resolver en sentido voluntarista, político y no jurídico; por lo que se está permitiendo que, desde las más importantes decisiones de un país, cada quien haga lo que quiera, que no haya sujeción a la ley. Por ello, si esto es permitido para la los más altos cargos y las más altas decisiones, con mucha mayor razón, en las instancias más inferiores todo mundo hace lo que quiere: un país donde las decisiones jurídicas quedan sometidas a una simple decisión política.