Las reformas constitucionales de la 4T

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Miguel Barbosa Huerta


Marzo 15, 2019

A cada momento fundacional de nuestra República ha correspondido una Constitución, un pacto social fundacional, que cohesionó y dio rumbo al país. La Constitución de Apatzingán recogió los Sentimientos de la Nación y marcó la vida del país como una nación independiente. La Constitución de 1824 definió el carácter republicano y federal de nuestro joven país. La Constitución de 1857 restableció el sistema federal, después de la aventura centralista de Antonio López de Santa Anna. La de 1857 fue la bandera que permitió conservar el rumbo en los difíciles años de la Guerra de Reforma, la invasión francesa y el Imperio de Maximiliano.

La Constitución de 1917 incluyó en sus artículos 3º, 27, 123 y 130 las demandas más importantes en materia de democracia, justicia y libertad. A más de un siglo de su promulgación, nuestra Carta Magna ha sido modificada en más de 700 ocasiones, lo que nos lleva a pensar en la necesidad de elaborar una nueva Constitución. En el contexto del 102º aniversario de su promulgación, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, expresó la posibilidad de que, a la conclusión de su sexenio, se convoque a un nuevo Congreso Constituyente y a la elaboración de una nueva constitución.

La Cuarta Transformación de la República no requiere una nueva Constitución, pero sí de reformas al texto constitucional que permitan consolidar el cambio de régimen. Durante los primeros 100 días de este gobierno, el Congreso de la Unión y las legislaturas locales han aprobado reformas a la naturaleza y funciones de la Guardia Nacional, para redefinir su concepto constitucional y convertirla en una institución policial federal de carácter civil, responsable de las tareas de seguridad pública.

La reforma en materia de extinción de dominio para los delitos relacionados con hechos de corrupción, encubrimiento, extorsión, robo de vehículos y combustibles; así como en aquellos cometidos por servidores públicos.

Con esta reforma constitucional se trata de optimizar los procedimientos judiciales y administrativos, por lo cual, en breve, el Congreso de la Unión elaborará una Ley Nacional de Extinción de Dominio, en la cual deberá establecerse que el uso final de los bienes obtenidos tendrá que destinarse a reparar el daño a las víctimas y a programas de bienestar.

La reforma al artículo 19 Constitucional amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, como corrupción, abuso sexual contra menores, robo a casa-habitación, robo de hidrocarburos, feminicidio, robo a transporte de carga, delitos electorales, desaparición forzada, portación de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército.

Estas reformas tienen el objetivo de ajustar el marco jurídico a las nuevas realidades y circunstancias de seguridad en el país, a fin de garantizar la seguridad y bienestar de los ciudadanos.

Están en proceso las reformas constitucionales en materia de consulta popular y revocación de mandato, así como la cancelación de la mal llamada reforma educativa. Estos cambios constitucionales, a diferencia de los que se aprobaron en las tres décadas de neoliberalismo, radican en que tienen como propósito atender demandas de la sociedad y en beneficio de ésta, y no a petición de grupos políticos o poderes fácticos de poder.

@MBarbosaMX

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