La ley nacional de extinción de dominio o la instalación de un estado policial

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Eleusis CÓRDOVA MORÁN


Agosto 01, 2019

El día jueves 25 de julio de los corrientes, en sesión extraordinaria, la H. Cámara de Diputados aprobó tres iniciativas con proyecto de decreto, por las que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio; aprobó también la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. A los neófitos en lides parlamentarias y en aspectos finos del derecho, así como sobre el origen y creación de nuevas leyes, nos es imprescindible saber que la Ley sobre Extinción de Dominio tuvo su origen en las oficinas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU)y aprobada en la Convención celebrada en Palermo, Italia, para dar continuidad a la lucha contra las drogas, el crimen organizado, la corrupción y el terrorismo. Derivada de esta ley de Extinción aprobada en la Convención de Palermo nacela Ley Modelo sobre Extinción de Dominio, que en esencia es la misma, nada más que adaptada al lenguaje jurídico de los países de América Latina y el Caribe ya las leyes que componen el sistema judicial de esas naciones.

La extinción de dominio es una ley que busca, mediante procedimiento legal, desposeer a los propietarios de bienes que provienen o tienen un origen o destino ilícito. Es, pues, un instrumento de política legal contra el crimen, que busca complementar el conjunto de medidas institucionales y legales adoptadas por los países. Por su naturaleza y por su alcance, la creación de este mecanismo busca atacar en la raíz, descoyuntar económicamente, a todos los que poseen bienes materiales y económicos obtenidos mediante la realización de prácticas ilegales; intenta ser una respuesta enfocada exclusivamente a incautar toda clase de bienes derivados de las cuatro actividades criminales enlistadas líneas arriba.

Esta larga introducción la consideré necesaria para dejar sentadas tres cosas:

1) La Ley Nacional de Extinción de Dominio, aprobada por la Cámara de Diputados, es la materialización de los acuerdos internacionales o "sugerencias" de la ONU (léase Estados Unidos, Inglaterra, Francia, etc.) implementadas por el Gobierno Mexicano para retraer, por la vía legal(no económica ni social),el grave y agudo problema del narcotráfico que confrontan las naciones desarrolladas del planeta, al mismo tiempo que hacerse de recursos económicos para los gobiernos. Léase bien: se obliga "diplomáticamente" o por "acuerdos internacionales" a las naciones débiles a la instrumentación de medidas legales para resolver problemas creados por las naciones poderosas, cuyos gobiernos no hacen absolutamente nada para resolverlos. Aplican, para sus fines, la ley del más fuerte.

2) El propósito es muy preciso: se busca incautar los bienes que, previa investigación realizada, demuestre que dichos bienes provienen o son producto del narcotráfico, la corrupción, el terrorismo o el crimen organizado, y su origen sea por tanto ilícito, ilegal, que los hace merecedores de incautación por parte del Estado.

3) La Ley Nacional de Extinción de Dominio, resultado de acuerdos internacionales, explica la prisa que hay para aprobarla, pero también porque dota al ejecutivo de un instrumento jurídico, que le permite aplicar la norma: para realizar venganzas políticas disfrazadas de combate a la corrupción; para la instauración de un estado policial; para que el gobierno pueda tener a la ciudadanía, honrada y trabajadora, acogotada y sometida a disposiciones "legales", cuya aplicación es un disfraz para encubrir el abuso de autoridad, el atropello a la propiedad privada; es, además, una oportunidad para obtener recursos que el ejecutivo puede aplicar a discreción para continuar con su "política social", en busca de la prolongación de mandato, como veremos con dos o tres argumentos que enseguida enumeraré para demostrar mi afirmación.

Primero. La Ley Nacional de Extinción de Dominio aprobada tipifica aproximadamente 250 nuevas causas que permiten la incautación de bienes. Es decir, supera y con mucho las cuatro causas aprobadas por la convención de Palermo, de la que México es firmante, y que dieron origen a la Ley de Extinción de Dominio. Como es fácil concluir, México además de violar los acuerdos de Palermo, se extralimita en su aplicación y deja de ser instrumento para combatir al narcotráfico, el terrorismo, la corrupción y la asociación delictuosa, para trastocarse en un instrumento de represión al tipificar tantos delitos como susceptibles de castigo. He aquí por qué sostengo que se trata de una ley cuyo fin último, en el fondo, es la represión ciudadana.

Segundo. La Ley Modelo de Extinción de Dominio mandata, como obligación del Agente del Ministerio Público, probar el origen ilícito del bien a incautar y sólo después de demostrado el origen ilícito procede la incautación. La ley aprobada por la H. Cámara de Diputados faculta al Ministerio Público para incautar o vender los bienes por la simple sospecha de tener origen ilícito. Por tanto, quien está obligado a demostrar su inocencia es el propietario de los bienes decomisados. Se viola de esa manera la presunción de inocencia (plasmada en el artículo 20 constitucional) y se instaura un estado policial, donde todo ciudadano por cualquier denuncia, puede perder sus bienes a pesar de que éstos tengan un origen lícito. El incautar bienes, sin el debido proceso, es violar el artículo 14 de la Constitución. Por eso sostengo que se abren, con estas disposiciones, las posibilidades nada remotas, de la instauración de un gobierno policial, dictatorial, porque vendría a dar al traste con nuestra incipiente y defectuosa democracia.

Tercero. El incorporar más de 250 causas a las que se les puede aplicar la Ley Nacional de Extinción de Dominio es tener carta abierta para usar cualquier pretexto para aplicar la extinción de dominio y dejar a cualquier ciudadano en la calle. El número de causas tan elevado, factibles de castigo, no intenta mejorar y superar la aplicación de la Ley Modelo, sino ampliar el radio de acción de la ley, con los claros e inocultables propósitos de usar el derecho como garrote contra cualquier opositor a los designios del actual gobierno. Grave, y muy grave, que el gobierno se coloque el traje de dictador, y el daltonismo de los diputados les permita ver un traje rojo, revolucionario, democrático y bueno, para la vida nacional.

Este razonamiento, un tanto atropellado, no muy profundo en su esencia, nos llevó a los diputados antorchistas a votar en contra de dicha iniciativa, aún a riesgo de parecer enemigos de la ley y defensores de narcotraficantes y corruptos. Confío plenamente en la inteligencia del pueblo mexicano y sé que sabrá distinguir perfectamente bien la diferencia entre la Ley Modelo y la Ley Nacional: la primera, como instrumento para combatir al narcotráfico y, la segunda, como instrumento para la instauración de un estado policial. La libertad de millones de mexicanos, incluidos los antorchistas, está en grave peligro. He ahí la razón de mi denuncia pública.

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