Miércoles 27 de Noviembre de 2019

 (…) se tiene que hacer algo con la teoría de

los derechos humanos y, de paso, con la teoría

 de la decisión judicial, pues, a cada momento,

están perdiendo más su credibilidad,

su propia legitimidad.

 

Uno de los principales problemas que observamos actualmente es que, con la bandera de los derechos humanos, se está justificando cualquier acción del Estado, incluso a pesar de que las medidas son contradictorias. Lo que ha sucedido en los últimos tiempos es que, aun en esos casos contradictorios, se justifican y permiten legitimar casi cualquier acción de gobierno, siempre y cuando se abrace una tutela de los derechos humanos.

El problema actual es que los derechos humanos están envolviendo detrás de ellos muchos intereses y, por ende, no son propiamente derechos humanos, o al menos, de los más indispensables para las condiciones de la población; sino que se tratan, en realidad, de verdaderos beneficios y utilidades de las empresas trasnacionales, en particular de todos aquellos negocios que tiene que ver con los avances de la tecnología y de las ciencias, pues, en el caso de las medidas que van en contra de los proyectos de esas empresas, entonces inmediatamente se busca la forma de revertirlas, a pesar de que en realidad se estén violando los derechos humanos.

Por ello, en muchas ocasiones los derechos humanos serán protegidos en la medida de la trascendencia que tenga hacerlo para las empresas trasnacionales, en cuanto a que a éstas les reditúe en sus ganancias y utilidades.

Y para muestra un botón: el pasado mes de octubre de 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictó la tesis, que aun no es jurisprudencia, que indica: Derecho a la reproducción asistida. Lo tienen las parejas de matrimonios homosexuales. En el texto de la misma, se sostiene que “la autonomía reproductiva y el acceso a los beneficios del progreso científico y tecnológico, que implica el derecho a ser informados y a tener libre elección y acceso a métodos para regular la fecundidad, que sean seguros, eficaces, de fácil acceso y aceptables. Y como ese derecho se entiende dado a toda persona, sin distinción en cuanto preferencia sexual, no sólo les asiste a los matrimonios heterosexuales con problemas de infertilidad, sino también a los matrimonios homosexuales, en los que se presenta una situación similar, ante la circunstancia de que en su unión sexual no existe la posibilidad de la concepción de un nuevo ser, entendida como la fecundación del óvulo (gameto femenino) por el espermatozoide (gameto masculino)” (esta tesis se publicó el viernes 11 de octubre de 2019 a las 10:21 horas en el Semanario Judicial de la Federación).

Con esa sentencia, claramente, en la decisión que llevó a cabo, el Poder Judicial no dio prioridad, en el fondo del asunto, a los particulares y a las personas del mismo sexo que contraen matrimonio para después llevar las gestiones de producción asistida, sino a las empresas que ya se encuentran prestas para suministrar esos servicios; y sobre todo, a que exista el mercado suficiente para proporcionar estos servicios, y qué mejor que los matrimonios de las personas del mismo sexo.

Desafortunadamente, en esta determinación el Poder Judicial no se pudo percatar de que, entonces, los menores que provengan de estos procedimientos tecnocientíficos ya no provendrán de los medios naturales comunes, menos aun de una familia ordinaria, y por ende, de que, desde su concepción, tendrán un tratamiento diverso y condiciones diversas a los demás comunes y corrientes seres humanos; lo cual provocará, de suyo, un tratamiento discriminatorio desde su concepción.

Es muy claro que la problemática esta aquí: en que se protegen los derechos humanos que las grandes empresas, la industria de la tecnología y la ciencia autorizan para beneficio propio, dejando a un lado los derechos de los pueblos de origen, la extrema pobreza, la migración, los derechos a la cultura, a la educación, a la salud, a la alimentación, etcétera.

Lo que resulta sorprendente es que este tipo de medidas para la mayor protección de los derechos humanos son auspiciadas por las políticas públicas de izquierda, que no alcanzan a observar que son desafortunadamente utilizadas por los intereses de esas grandes industrias.

Bien sentencia el profesor español Daniel Innerarity: “¿Alguien sabe exactamente qué es lo que quieren conservar los conservadores y hacia qué futuro pretenden dirigirnos los progresistas? Estamos utilizando términos huecos (‘significantes vacíos’). Necesitamos urgentemente nuevos conceptos para entender las transformaciones” (Política para perplejos, Barcelona: Galaxia Gutemberg, 2018).

El problema es que estas transformaciones están sujetas a la voluntad de esas grandes compañías, que pasan sobre cualquier cosa por obtener sus utilidades y ganancias, sin interesarse en que se trate o no de perjuicios o descomposiciones para la humanidad. Por ello, en lugar de respetar y garantizar los derechos humanos, se están respetando y protegiendo los derechos empresariales.