Legislar respecto del Plan Municipal de Desarrollo con proyección a no menos de 20 años, ni mayor a 39 años

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Enrique Cabrero Mendoza (2005) en su libro de Acción Pública y Desarrollo Local nos ofrece un análisis del potencial, avances y limitaciones de la acción de los gobiernos municipales en el desarrollo local, para continuar con una larga trayectoria de estudios sobre los municipios en México.

Si bien es cierto que los territorios y las poblaciones del mundo se encuentran cada vez más interconectados e interdependientes con relación a las dimensiones políticas, ambientales, de población, culturales, de economía y tecnológicas por el proceso expansivo de globalización, en donde observamos las tendencias contrarias, fluctuantes dentro de la misma, tanto a favor como en contra.

Hoy en día nuestro espacio local es propicio para generar estrategias que enfrenten los retos que las nuevas dinámicas regionales y mundiales plantean, en especial para conservar cierto control sobre temas, como la economía, el territorio y la cultura, sabemos que cada día hay más evidencia de que es el espacio local, donde se posibilita la construcción de una gobernanza estable, así como la consolidación de prácticas democráticas que la sociedad contemporánea exige.

Debemos ir siempre un paso adelante y empujar a que los gobiernos municipales trasciendan gradualmente de su forma tradicional respecto de sus servicios que brindan como es agua potable, rastros, transporte público, panteones, alumbrado público, pavimentación, obra pública etcétera, y adoptar un rol estratégico como eje de articulación respecto de la acción pública. Como base en la construcción de arreglos instituciones para el desarrollo, para la gobernabilidad y para activar, así como fortalecer la participación ciudadana.

Es importante que se incorpore a la ley la Creación Obligatoria por parte del Congreso de la Unión, donde se regulen los institutos municipales de plantación y de esta manera se evitaría que cada municipio se reinventara en cada periodo, con ello se reduciría la duplicidad de gastos, es decir que los ayuntamientos en turno realicen los mismos proyectos en obras que se iniciaron y no se concluyeron por el tiempo, evitar se realicen obras innecesarias en lugares innecesarios que sólo beneficien a unos cuantos, se busca proyectar un municipio a no menos de 20 años y no más de 39 años, esto propiciará que se transforme, se inyecte el recurso económico de forma correcta y no se rezaguen las zonas rurales o juntas auxiliares.

El municipio está obligado a contar con un instrumento de planeación, tal y como lo establece nuestra constitución, mi pretensión en este artículo es tratar de explicar que debe velarse la estabilidad de las finanzas públicas, coadyuvando en la generación de condiciones favorables para la instrumentación de políticas públicas, a través de una economía sostenible, diversificada, resiliente y garantizando el empleo digno, observando y tomando en cuenta los planes estatales y nacionales de desarrollo y emprendiendo un trabajo coordinado entre los diferentes ámbitos de gobierno y sectores sociales académicos y productivos.

El estado de Guanajuato es un claro ejemplo establecieron: “que el municipio debe contar con instrumentos de planeación, teniendo como base un Plan Municipal de Desarrollo, el cual deberá definir las bases para la elaboración del Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial y del Programa de Gobierno Municipal, desprendiendo de estos los programas derivados”. Vemos como se generó un Plan Municipal de Desarrollo con miras al 2040 y Puebla puede ser otro estado más, que pueda implementar esta iniciativa, en donde se regule una mayor proyección de sus municipios y las zonas arraigadas en las que casi nunca son prioridades y se quedan rezagadas esto nos dará la pauta de tener una buena planeación con futuro y trascendencia gubernamental y de gobernanza.

 

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