Violencia política de género

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Carolina BEAUREGARD


Noviembre 22, 2020

“Los hombres, sus derechos y nada más; las mujeres, sus derechos y nada menos”

Susan B. Anthony, activista en el movimiento estadounidense de los derechos civiles


Vivimos en un país donde ser mujer representa un peligro: 11 mujeres son asesinadas diariamente y 160 mujeres en promedio son gravemente golpeadas al día. De acuerdo con el INEGI 66.1% de las mujeres mayores de 15 años han sufrido violencia alguna vez en su vida y casi la mitad de las mujeres mexicanas; es decir, el 43.9% ha padecido agresiones por parte de su pareja durante su relación.

La violencia física y psicológica contra las mujeres es frecuente en nuestro país. Afortunadamente cada día más visibilizada por la labor de activistas y feministas que han logrado tipificar en los códigos penales, los distintos tipos de violencia que sufre una mujer, sin embargo, la violencia política contra las mujeres es un concepto relativamente nuevo aunque añejo en la práctica política electoral en nuestro país.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) la define de la siguiente manera “La violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de género), tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo”.

Participar en política para una mujer no es sencillo. Implica un costo elevado para la vida personal y ser sometida a juicios permanentes que involucran ser calificadas primero por la apariencia física, la reputación, el tipo de vestimenta, el estado civil y por último la capacidad.

Ejemplos puntuales abundan en las notas periodísticas como meras anécdotas sin consecuencia jurídica, porque aunque se empezó a usar el término desde 2010, apenas en abril de este año 2020, se aprobó y publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma sobre violencia política de género que incluye la actualización de varias leyes en la materia.

La línea es muy delgada: entre la crítica a la que están sujetos todos los actores políticos y la violencia política de género, sin embargo, el criterio debiera ser el mismo entre hombres y mujeres. Cuestionar las acciones, los resultados o la trayectoria profesional es válido y no a la persona en el ámbito de lo privado o en su condición de mujer.

Mujeres de distintos partidos políticos, de diversos estados de la República, han sido testigos de este tipo de violencia como la Gobernadora Martha Érika Alonso (QEPD), la Candidata María Rojo, la Candidata Luisa María Calderón y la Ex Secretaria Rosario Robles, son algunos de los ejemplos donde la crítica ha sido voraz y agravada por su condición femenina.

Atentar, difamar, acosar a una mujer cuyo defecto es competir por un cargo de elección popular, se ha vuelto una bandera de estrategia para impedir que más mujeres hagan trabajo político. Cuando una puerta se le cierra a una mujer, se le cierra a miles de mujeres detrás.

La prueba para vivir una vida libre de violencia por lo menos en el discurso de campaña, será en el 2021. Las penas aprobadas van de uno a seis años de prisión y 50 a 300 días de multa, además de que pueden ser incrementadas en un tercio, cuando sean acciones de parte de servidores públicos, funcionarios de partido, precandidatos o candidatas, o bien, incrementadas en una mitad, cuando se cometan en contra de una mujer perteneciente a una comunidad indígena.

Así nuestro país, la elemental competencia justa que tenía que darse por sentado, hoy tendrá que ser cumplida por decreto. 

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