Obliga SCJN a Puebla a aprobar matrimonio gay

Ya no será necesario promover un juicio de amparo para que las parejas del mismo sexo se casen por el civil

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 300 del Código Civil del Estado de Puebla, luego de la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por limitar el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Ante la resolución, podrán llevarse a cabo las uniones igualitarias sin la necesidad de promover un amparo.

En la sesión que se llevó a cabo este martes, 1 de agosto de 2017, el pleno de la SCJN emitió la sentencia para invalidar los artículos del Código Civil que promueven la desigualdad, como el 300, donde se menciona que el matrimonio entre un hombre y una mujer no podrá realizarse antes de los 18 años, así como el numeral 294 que establece que el fin del matrimonio es perpetuar la especie.

La CNDH promovió la acción de inconstitucionalidad en mayo del 2016, bajo el argumento de que el Código Civil considera a la institución del matrimonio como la restrictiva unión de un hombre y una mujer, lo que vulnera los derechos a la no discriminación, la igualdad, dignidad humana, identidad personal y sexual.

"El artículo 300 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, considera a la institución del matrimonio, como la restrictiva unión de un hombre y una mujer, excluyendo a las parejas del mismo sexo, ataca directamente el derecho a la dignidad humana en su vertiente de libre desarrollo de la personalidad, así como los principios de igualdad y no discriminación", impugnó la CNDH.

Con la resolución de la Corte a favor, cualquier pareja del mismo sexo podrá establecer su matrimonio una vez que se notifique a los poderes del estado.

El camino para lograr la igualdad

En junio de 2015, la SCJN declaró inconstitucionales los Códigos Civiles de las entidades que restringían el matrimonio entre parejas del mismo sexo, pero la resolución fue ignorada por el Congreso del Estado de Puebla al no realizar las modificaciones.

Para diciembre de ese mismo año, la CNDH emitió la recomendación número 23 a todos los estados que no realizaron las reformas pertinentes para establecer en sus normas el matrimonio igualitario. Toda vez que no se atendió, para mayo del 2016 presentó una acción de inconstitucionalidad por violaciones a los derechos humanos.

Desde la entidad, la diputada perredista Socorro Quezada Tiempo presentó la iniciativa para modificar el artículo 294 del Código Civil y no limitar las uniones a hombres y mujeres, pero la misiva quedó en la congeladora. Para marzo del 2016, presentó la llamada Ley Agnes para hacer legal el cambio de identidad sexual en los documentos oficiales, pero tampoco fue aprobada.

Como parte de las acciones legales emprendidas por la sociedad civil, desde octubre del 2014, el Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr) asesora a las parejas del mismo sexo que buscan casarse. En agosto de 2015, se llevó a cabo la primera boda gay en el estado entre dos mujeres: Fabiola Méndez y Guadalupe Gómez Tetetla.

Esta boda se realizó ante la juez segunda del Registro Civil, Belinda Guadalupe Pastor García, quien al inicio les había negado este derecho, pero posteriormente se validó.

Para lograr esto, Fabiola y Guadalupe promovieron un amparo ante la justicia federal. Aunque después de seis meses de matrimonio, las jóvenes decidieron separarse.

Fue por parte del Tribunal Colegiado en Materia Civil, el cual ordenó al Poder Judicial del Estado, concretar la boda civil, teniendo como base la resolución en la materia por parte de la SCJN.

Se escribe un nuevo capítulo

Personajes de la sociedad civil y política celebraron que la SCJN fallara a favor de los matrimonios igualitarios en Puebla, lo que consideraron un triunfo de las minorías y a la vez una clara desatención del Congreso del Estado para atender los reclamos ciudadanos

Por una parte, la legisladora y también dirigente del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Socorro Quezada recordó que presentó las iniciativas correspondientes y nunca hubo voluntad política si quiera para analizarlas.

"Solamente les pido a mis compañeros legisladores y legisladoras que se vayan de vacaciones de aquí al 18 de agosto y una vez que reinicien los trabajos legislativos, se pueda convocar a una sesión extraordinaria para que se avale ya y se quite este candado, para que se armonice el Código, que podamos sesionar en el mes de agosto o septiembre", dijo.

En tanto, el integrante del Odesyr, Brahim Zamora Salazar, indicó que a partir de la resolución y notificación de la SCJN, las parejas del mismo sexo que quieran casarse podrán hacerlo, aunque tengan en pie un amparo, ya que quedó sin efecto la parte legislativa que lo prohibía.

"Este es sólo un paso en los pendientes de la población LGBT. Hay un pendiente muy grande en el Congreso que tiene que ver con el Código Civil, que es la Ley Agnes para que las personas transexuales cambien de identidad sus documentos, es un pendiente muy importante que hay que considerar en la agenda y habría que darle celeridad".

Además, señaló que el siguiente paso para promover los derechos de las personas homosexuales es echar a andar la política de No Discriminación, que opera desde el año pasado pero no se ha conformado el comité que tienen que integrar las autoridades.

El integrante de la Asociación para la Protección de la Pluralidad Sexual (APPS), Alejandro Pérez Pérez, indicó que si bien el fallo de la Corte genera certidumbre e igualdad, durante todos estos años el Estado afectó la dignidad y los derechos de la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual y Transexual (LGBT).

"Nos afectó en el hecho de la dignidad de la persona, la situación de que no nos trataban como el resto de los ciudadanos, entonces existía discriminación y teníamos que recurrir a la Corte para casarnos, eso implicaba tiempo y dinero o irnos a casar a otras entidades donde sí está permitido", expuso.

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