La fracción tercera del artículo 179 del Código Penal del Estado de Puebla se modificará a petición del gobernador José Antonio Gali Fayad, quien envió al Congreso del Estado una iniciativa de reforma para que se despenalice el uso de rociadores, espolvoreadores y gasificadores en caso de defensa personal. El pasado viernes se ingresó al Congreso dicha iniciativa, su estatus sigue en trámite, fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, y para que entre en vigor deberá ser votada por el pleno. También puedes leer: Kit de defensa vale hasta 600 pesosLa controversia surgió tras la agresión que sufrida por la estudiante de la Ibero, Irlanda Nava Castrejón, quien su atacante la amagó y la arrastró hasta un terreno baldío en donde intentó abusar de ella; sin embargo, la joven logró escapar y sugirió usar gas pimienta como autodefensa. Posteriormente, el titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal (SSPTM), Manuel Alonso García, señaló que una mujer podría ser detenida si portaba ese artículo. El 21 de marzo, el secretario General de Gobierno (SGG), Diódoro Carrasco Altamirano, anunció que esa misma semana enviarían una iniciativa al respecto; no obstante, fue hasta la semana pasada que el gobernador Antonio Gali envió un paquete de iniciativas al Congreso. El cambio del artículo tiene como objetivo promover, respetar y proteger los derechos de las mujeres en la vida civil, además está sustentado en documentos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés), y del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, los tres anteriores coinciden en que los grupos vulnerables y las mujeres en particular, deben tener acceso a la protección, pues es un punto importante para darle fe al derecho a una vida libre de violencia. Consulta la línea del tiempo sobre este temaEl estado debe implementar medidas que favorezcan a las mujeres, ya sean legislativas, administrativas o judiciales y que fijen condiciones que tengan como parámetro general dotarlas de más y mejores prerrogativas con una amplitud tanto en el plano estatal, como en el internacional. El artículo 179 no hablaba acerca de rociadores o en específico del gas pimienta, ahora con las nuevas modificaciones el artículo quedará de esta manera: "No se consideran armas e instrumentos prohibidos los rociadores, espolvoreadores, gasificadores y dosificadores de sustancias químicas que produzcan efectos pasajeros en el organismo humano, sin llegar a provocar la pérdida del conocimiento, siempre que no sean de capacidad superior a los 150 gramos. Tampoco se consideran armas e instrumentos prohibidos las armas electrónicas que sólo produzcan efectos pasajeros en el organismo humano, siempre que su uso no provoque la pérdida del conocimiento ni ponga en riesgo la vida". Puedes leer: Busca Gali con iniciativa regular uso de gas pimientaEl informe señala que en cuanto esté aprobada la iniciativa deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrará en vigor al día siguiente de su publicación, además se derogan todas las disposiciones que se opongan al decreto. Evitar discriminar y sancionar por igual, los cambiosDesde la distinción de agresores -al dividirlos por género- que violentan a mujeres, hasta la búsqueda de mejores oportunidades de justicia en pueblo indígenas, son algunas de las novedades que contienen las iniciativas de cambios a la Ley para el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla (Lamvlvep). Durante la sesión de la Comisión Permanente del pasado 6 de abril, los legisladores poblanos aprobaron enviar una serie de modificaciones a la Ley para el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que hicieron llegar al gobernador de Puebla, José Antonio Gali Fayad. Los cambios propuestos a la legislación en favor de las poblanas se dio dos días después de la visita de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim), quienes se reunieron con autoridades estatales con las cuales acordaron enviar nuevas recomendaciones. Entre los cambios que enviaron los legisladores al mandatario estatal destacó que ahora, sin importar el sexo del agresor, se penalizará de la misma forma cualquier acto violento, con el fin de sancionar por igual en materia jurídica. Incluyeron cambios al artículo 6 de la legislación actual, pues sumaron la definición de "derechos fundamentales de las mujeres", cuyo fin será puntualizar términos como "discriminación" o "persona en condición de vulnerabilidad", para que se definan de mejor forma los casos de las víctimas de Puebla. Al igual en el artículo 8 de la Lamvlvep se le agregará un nuevo párrafo dedicado a las mujeres indígenas de Puebla, en el cual se detallará a profundidad, que deben gozar de los mismos servicios, programas y políticas públicas, que cualquier otra persona que los requiera. La iniciativa que enviaron al gobernador destaca que se realizarán cambios a la Ley de Derechos, Cultura y Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas, como a su artículo 19, en el que se incorporará que las mujeres no deberán de ser discriminadas al solicitar justicia. Las modificaciones propuestas a la Lamvlvep prevén que ya no sólo se capacitará a los servidores públicos en materia de género, sino que se les evaluará para medir sus capacidades, a la par que los responsables de investigar caso de violencia, se les dará una mayor educación. Dentro de los cambios se puntualizará en el artículo 13 la violencia en el ámbito laboral y docentes, ampliándose a definirse tanto en el sector público como privado, además de que se considerarán a todos los grados de estudios y, en el caso de trabajadoras, se dividirá en cualquier cargo que desempeñen. |