Se carece de legislación por violencia política de género

Puebla no tuvo ningún tipo de legislación publicada en las regulaciones estatales para prevenir la violencia política contra las mujeres

La comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) documentó que Puebla es una de las entidades que hasta el cierre de 2017, no contó con ningún tipo de legislación relacionada a atender las agresiones políticas hacia ese sector de la población.

A través del Protocolo para la Atención Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, la Conavim investigó, tanto en las legislaciones estatales como nacionales, la desigualdad de las féminas en distintos aspectos, que van desde la atención de agresiones en su entorno hasta en la vida política.

Entre las conclusiones que difundieron en su publicación, destaca que Puebla no tuvo ningún tipo de legislación publicada en las regulaciones estatales para prevenir la violencia política contra las mujeres, al no encontrarla ni en su Constitución, algún tipo de Ley de Acceso, Ley Electoral o en su Código Penal.

Para determinar que Puebla no contaba con una legislación en favor de la violencia política hacía las mujeres, evaluó el portal del Congreso del Estado, hasta el 21 de octubre de 2017; además, encontraron que tampoco en Guanajuato, Guerrero e Hidalgo, tuvieron algún tipo de regulación legal.

Detalla que en casi todo el país existió alguna legislación relacionada a la violencia política, las regulaciones estatales mostraron ser deficientes, al limitarse a sólo definir el concepto, pero sus congresistas no profundizaron en la creación de sanciones contra los agresores.

En el caso de Puebla ejemplificó los problemas que atraviesan por violencia política las mujeres, al retomar el caso de la entonces candidata independiente a la gubernatura, Ana Teresa Aranda Orozco, al encontrarse, durante las elecciones del 2016, en constantes disputas legales por supuesta desigualdad de género.

La Conavim recordó el primer caso que tuvo Aranda Orozco con el juicio SUPJDC-1619/2016, en el que ganó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que se violaban sus derechos políticos en los promocionales del Instituto Electoral del Estado (IEE), que sólo promovían el voto a gobernador.

También mostraron que otro problema político hacía mujeres en Puebla se dio cuando el Partido Acción Nacional (PAN) denostó en 2016 a Blanca Alcalá Ruíz, entonces candidata a la gubernatura por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), mediante propaganda calumniosa que decía: "No es ella, es él".

Ante la propaganda que lanzó el PAN en Puebla, el PRI acudió a la Sala Superior del TEPJF con el juicio SRE-PSC-57/2016, por lo que recibió una sentencia favorable, al comprobarse que la información difundida por sus rivales políticos fomentaba actos de desigualdad en la promoción del voto.

En tiempos recientes, destacó el caso de las regidoras del Ayuntamiento de Tecamachalco, Ruth Rodríguez Huerta y Ruth Zárate Domínguez, a las que el alcalde, Inés Saturnino López Ponce, las agredió entre 2014 y 2017 con la retención de sus pagos o exhibiéndolas ante los otros miembros del cabildo.

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