En 10 años, en Puebla 13 personas fueron sentenciadas por abortar
El informe Maternidad o Castigo señala que las sanciones van desde uno a seis años de cárcel
De enero de 2007 a diciembre de 2016 se abrieron 37 juicios penales por el delito de aborto en el estado de Puebla y se emitieron 13 sentencias, reveló el informe Maternidad o Castigo, presentado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) donde se indicó que en la entidad poblana las sanciones van desde uno hasta seis años de cárcel y el personal de salud que haya participado puede tener una suspensión laboral de dos a cinco años. El documento que fue presentado el pasado jueves 30 de agosto en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) explica que las sanciones por el delito de aborto para las mujeres se clasifican en penas privativas de la libertad que en Puebla van desde un año hasta seis años de cárcel, sin multa económica o medidas alternativas, como hay en otros estados.
El personal de salud en la entidad poblana además de ser suspendido de sus labores, puede ser privado de su libertad desde uno hasta tres años, no aplican las multas económicas y la reparación del daño como en otras entidades Las multas en otros estados pueden ir desde 20 a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA), trabajo en favor de la comunidad y diferentes formas de tratamiento médico o psicológico. De los procesos penales por el delito de aborto reportado por poderes judiciales de enero de 2007 a diciembre de 2016, el informe no indica si los 37 juicios penales y las 13 sentencias fueron contra mujeres u hombres, sólo señalan que fueron no desagregados. De enero de 2007 a diciembre de 2016, sólo una mujer estuvo en prisión preventiva y cuatro hombres por el delito de aborto mientras que en prisión definitiva no hay información existente. También puedes leer: Marcharán contra la despenalización del aborto El texto menciona que las leyes en el estado de Puebla contienen atenuantes basadas en estereotipos de género y ejemplifican con los siguientes artículos: "La pena menor corresponde a la mujer que consienta que otro le realice un aborto. La mayor, cuando lo realice la propia mujer"; "el juez podrá tomar en cuenta las condiciones de la mujer y atenuar las penas en una tercera parte". "Cuando la mujer haya abortado para evitar la exclusión social o la extrema pobreza, la pena de prisión se reducirá"; "La pena mayor corresponde a una situación en que la mujer consienta que otro le practique un aborto. La menor, cuando ella misma lo lleve a cabo. A solicitud de la mujer y por decisión del juez se puede sustituir la prisión por tratamiento médico integral, siempre y cuando no sea reincidente". Destacan que la criminalización del aborto impacta no sólo a las mujeres que son sometidas a un proceso penal por este delito, sino a todas aquellas que, por diferentes razones, tienen embarazos no deseados y que deben enfrentarse al riesgo de llevar a cabo abortos fuera de la ley, continuar un embarazo no deseado, incluso enfrentar maltratos por parte del personal de salud al solicitar interrupciones del embarazo dentro de un marco legal. También puedes leer: "Nosotras parimos, nosotras decidimos el aborto legal" Los integrantes de GIRE recomendaron a los congresos locales despenalizar el aborto voluntario, por lo menos durante el primer trimestre de la gestación. Al Congreso de la Unión, en el caso de emitirse un Código Penal Único, garantizar que el tipo penal para el delito de aborto considere los estándares nacionales más respetuosos de derechos humanos para las mujeres, que son aquellos previstos en la legislación penal de la Ciudad de México. Pidieron a las instituciones de salud locales y federales garantizar el acceso a causales legales de aborto, sin imponer barreras injustificadas, en particular en casos de violación. Además, garantizar que el personal de salud priorice la atención de las mujeres, en particular en casos de emergencia, y que se proteja el secreto profesional. Además, se cuenta con personal médico no objetor en todo momento, de manera que se garantice el acceso a servicios de aborto. |