El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado (ITAIPUE) informó que durante sesión ordinaria se resolvieron 14 recursos de revisión y dos denuncias por incumplimiento de las obligaciones de transparencia. En la misma sesión se aprobó que a partir del día 16 de junio todo recurso de revisión interpuesto sea gestionado en el sistema SICOM–SIGEMI por parte del órgano, recurrentes y sujetos obligados; poniendo a disposición de los sujetos obligados el tutorial para acceso y manejo del mismo. En cuanto a los recursos de revisión, en el expediente 144/SOAPAP-02/2019, el recurrente solicitó la lista de deudores durante los últimos diez años y cuántas y cuales empresas le adeudan al Soapap; en respuesta, el Pleno determinó revocar el acto impugnado, a efecto de que el sujeto obligado realice una búsqueda exhaustiva de la información requerida y la entregue al recurrente y en caso de no encontrarla, deberá generarla por encontrase dentro de sus facultades, competencias y funciones en términos de los ordenamientos jurídicos. Lee: Plantea diputado cárcel a funcionarios irresponsablesLos comisionados se pronunciaron por revocar el recurso de revisión 111/PRESIDENCIA MPAL-PUEBLA-07/2019 y sus acumulados, por lo que el Ayuntamiento deberá entregar respuesta puntual y congruente respecto a la información solicitada sobre la relación laboral que existe entre la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal. En el expediente 145/HTSJE-04/2019, el recurrente se inconformó ante la indebida clasificación de la información solicitada al Tribunal Superior de Justicia del Estado, siendo ésta la copia simple del último grado de estudios de un juez. Ante esto, el Pleno se pronunció a revocar el acto impugnado, por lo que el sujeto obligado, por medio de su unidad de transparencia, deberá desclasificar la información y entregarla en la modalidad y forma solicitadas. En el expediente 153/SFA-06/2019, el recurrente se inconformó ante la declaratoria de incompetencia por parte de la Secretaría de Finanzas y Administración del estado, al solicitar el nombre y categoría de trabajadores de los tres poderes del estado que en los años 2017 y 2018 obtuvieron base sindical, el Pleno determinó revocar el acto impugnado, por lo que el sujeto obligado deberá producir una nueva contestación motivada y fundamentada, y de confirmarse su incompetencia, el titular de la unidad de transparencia deberá informárselo y orientarlo a la unidad competente. También se dio resolución a casos de San Martín Texmelucan, San Andrés Cholula, Teziutlán y Aquixtla. |