A reserva, caso de activista poblano Sergio Rivera

La investigación sobre la desaparición de Sergio Rivera Hernández fue clasificada como “confidencial” por la Fiscalía

A reserva, caso de activista poblano Sergio Rivera
Archivo El Popular | Su difusión, incluso en versión pública, representaría un obstáculo para otorgar justicia A reserva, caso de activista poblano Sergio Rivera

La Fiscalía General del Estado (FGE) clasificó como “estrictamente confidencial y reservado” la investigación del caso del activista Sergio Rivera Hernández, al advertir que su difusión, incluso en versión pública, representaría un obstáculo para otorgar justicia.

El organismo autónomo aludió al artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales para justificar la protección de los datos como objetos, registros de voz, imágenes o cualquier otro contenido relacionado.

La Fiscalía informó que el expediente sobre el caso del activista contiene constancias, oficios, informes y otros documentos que por encontrarse en proceso no es permisible hacerlos públicos.

Estimó que elaborar una versión pública de la documentación implica deducir su contenido, por lo que tampoco accedió a esa opción.

“De la ponderación de derechos realizada, se llegó a la conclusión de que se ocasionarían más perjuicios a la investigación y en consecuencia al derecho de las víctimas de acceder a la justicia, que los posibles beneficios del solicitante de acceder a la información,” se expuso.

Lee:  Puebla es quinto lugar en muertes por atropellamiento a peatones y ciclistas

“Al considerar que no se tiene la certeza del propósito que les dará a los datos, mismos que podrían ser utilizados para tener una interferencia en la esfera jurídica de las víctimas o interferir en la investigación que se lleva a cabo,” agregó la respuesta de la FGE.

La Unidad de Transparencia de la FGE respondió que el Ministerio Público “únicamente” deberá proporcionar versión pública de las determinaciones de no ejercicio de la acción penal, archivo temporal o de aplicación de un, criterio de oportunidad.

No obstante, expuso, esto será posible siempre y cuando haya transcurrido un plazo igual a la prescripción del delito que se trate, sin que sea menor a tres años ni mayor a 12, a partir de que el asunto quede firme.

El órgano autónomo también se valió del artículo 5 de la Ley General de Víctimas para resguardar la información, ya que, sostuvo, con esa acción protege “el bienestar físico, psicológico, entorno social, privacidad y la intimidad” de la víctima y su familia.

Además, informó, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) solicitó medidas cautelares a favor de Sergio Rivera y su familia, así como de la organización Movimiento Agrario Indígena Zapatista (MAIZ), por el riesgo que enfrentan.