Congreso podría obligar a las instituciones a dar respuesta a sus exhortos

El legislador Javier Casique Zárate presentó una iniciativa para adicionar el artículo 147 Bis de la Ley Orgánica del Congreso, para que los exhortos sean vinculantes.

Los exhortos que el Congreso de Puebla envía a las distintas dependencias del gobierno estatal, y a los gobiernos municipales, así como organismos descentralizados, muchas veces no reciben respuesta de las instituciones, por lo que muchos los llaman de forma coloquial como "llamados a misa" por no ser vinculantes.

El diputado Javier Casique Zárate, del PRI, presentó una iniciativa para adicionar el artículo 147 bis a la Ley Orgánica del Poder Legislativo para obligar a las instituciones a dar respuesta a los exhortos en un periodo máximo de 30 días. En caso de ignorar las peticiones las dependencias serán denunciadas por omisiones.

En sesión virtual, el diputado explicó que muchas veces los exhortos se convierten en "piezas retóricas" sin ningún efecto que se archivan "en los sueños de los justos", ya que en la actualidad no hay una legislación que obligue a cumplirlos.

"(En) Cada sesión utilizamos la máxima tribuna para realizar sendas explosiones de motivos que fundamenten nuestras posturas y exhortos. Lamentablemente solo quedan en eso, en posicionamientos que no trascienden y que se convierten en piezas retóricas que al paso del tiempo terminan guardadas en los sueños de los justos," subrayó.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su análisis, y en su caso aprobación, señala lo siguiente:

"Al determinar el Congreso acuerdos que establezcan exhortos a los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, municipal, órganos centralizados y paraestatales, a fin de establecer sus obligación y/o atribuciones dentro de su propio marco normativo. Dichos acuerdos deberán ser contestados por los servidores públicos en un plazo de 30 días naturales".

La iniciativa también contempla la posibilidad de que las instituciones soliciten una prórroga de cinco días hábiles para responder a las demandas del órgano legislativo, aunque esta deberá presentarse tres días antes del vencimiento del primer plazo de 30 días.



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