Aprueba reformas a la Ley del Transporte: Secretaría de Movilidad tendrá más poder

Incorpora a la competencia de la dependencia la planificación, regulación y gestión de la movilidad de las personas, bienes y mercancías por medios terrestres.

El Congreso del estado aprobó por unanimidad el dictamen con minuta de decreto para reformar la denominación de la Ley de Transporte para el Estado de Puebla, los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6; y adicionar los artículos 3 Bis, 4 Bis, las fracciones VI y VII al 5, y las fracciones XVII, XVIII, XIX y XX al 6 de la Ley de Transporte para el Estado de Puebla.

El legislador de la iniciativa, Armando García Avendaño señaló que las reformas a la Ley tienen como objetivo reformar la denominación de la Ley del Transporte para el Estado de Puebla por el de “Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Puebla”, a efecto de visibilizar esta materia como parte de dicho ordenamiento. 

Establecer las bases y directrices para planificar, regular y gestionar la movilidad de las personas, bienes y mercancías por medios terrestres.

Homologar la denominación de la Secretaría con la prevista en la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, por el de “Secretaría de Movilidad y Transporte”

Además, incorporar a la competencia de la Secretaría los actos de supervisión, vigilancia y demás que incidan en materia de movilidad y contemplar los principios rectores a los cuales se debe apegar la planeación, diseño e implementación de las políticas públicas, programas y acciones en materia de movilidad, como son la eficiencia, accesibilidad, calidad, aprovechamiento tecnológico, seguridad, corresponsabilidad social, equidad, multimodalidad, sustentabilidad y resiliencia. 

La Iniciativa fue apoyada en sus intervenciones, por los diputados Marcelo García Almaguer, Raúl Espinosa Martínez y José Juan Espinosa Torres, quienes señalaron la necesidad de legislar e impulsar políticas públicas en materia de movilidad, así como el uso de nuevos mecanismos de transporte que protejan el medio ambiente.

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