Entre impugnaciones y voto por voto, continúa el proceso electoral en Puebla

No todos los aspirantes a un puesto de elección popular quedaron satisfechos con las conclusiones.

Tras los comicios del pasado domingo 6 de junio y los resultados finales del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) en el estado de Puebla, no todos los aspirantes a un puesto de elección popular quedaron satisfechos con las conclusiones.

Tal es el caso del panista Guillermo Velázquez Gutiérrez, quien contendió por la reelección de la presidencia municipal de Atlixco; pero de acuerdo al PREP, su contrincante de Morena Ariadna Ayala Camarillo, ganó la elección.

Según el conteo rápido, la aspirante de Morena-PT logró 22 mil 793 votos, que representan un 49.6 por ciento; contra 12 mil 573 sufragios, que representan el 27.36 por ciento del abanderado de la coalición del PAN-PRI-PRD y Compromiso por Puebla.


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Ante dicho resultado, el alcalde con licencia anunció que impugnará los resultados de la elección ejercida el pasado domingo.

Guillermo Velázquez denunció que existen pruebas de una compra de votos desmedida para beneficiar a su contrincante del Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Ariadna Ayala Camarillo.

Argumentó que la compra inició en los mil pesos y al final de la jornada electoral alcanzó los cinco mil pesos; las zonas donde se detectaron estos actos ilícitos fueron San Pedro Benito Juárez, San Juan Ocotepec, San Félix Hidalgo, Vista Hermosa, entre otras.

Otro caso es el del panista Jesús Giles Carmona, quien ya hasta había celebrado “su triunfo” en redes sociales por la alcaldía de Santa Clara Ocoyucan; pero el PREP le dio un revés.

De acuerdo con los números, el priísta y antorchista Rosendo Morales Sánchez sería el virtual alcalde de esa comunidad, con un total de 5 mil 504 votos, contra 4 mil 057 sufragios que recibió el panista.

No obstante, Giles Carmona señaló que “ante las irregularidades, acoso e intimidación que sufrieron representantes de casillas al finalizar la jornada electoral de este 6 de junio”, se impugnarán los resultados, una vez que se comprobó mapachería y la manipulación de las urnas.

Sentenció que el resultado no coincide con lo reportado en primera instancia por las encuestas de salida, las cuales le daban una amplia ventaja, sin embargo, en algunas casillas se detectó presencia de personas ajenas al proceso, quienes con mentiras, engaños y amenazas se metieron por la fuerza para inflar urnas a favor del candidato del PRI.

Esto sumado a la balacera en Lomas de Angelópolis para inhibir la participación ciudadana Voto por voto Otros casos de inconformidad son la exigencia de contar nuevamente los votos de las urnas de la pasada elección, ante posibles irregularidades.

Es el caso del municipio de San Martín Texmelucan, donde los aspirantes a la alcaldía de mayor competencia fueron Norma Layón, de Morena, Edgar Salomón Escorsa, del PAN-PRD y PSI; Jorge Alberto Pedraza Almazán, del PRI y Compromiso por Puebla; y Abraham Irving Salazar Pérez, de Movimiento Ciudadano.

Según el PREP el ganador sería Irving Salazar Pérez, con una votación de 8 mil 334 sufragios.

No obstante, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) aprobó que habrá conteo de "voto por voto" para definir la presidencia municipal de San Martín Texmelucan, contienda en la que hubo errores por la impresión de las actas.

Se aprobó la apertura de los paquetes electorales por los errores que cometió la empresa “Talleres Gráficos de México” en la impresión de las actas.

En ese sentido, las actas de esa demarcación se diseñaron mal y no contaban con espacios para registrar los votos de la candidata de Morena y PT, la alcaldesa Norma Layón, que buscaba la reelección.

Aplicar conteo de votos De acuerdo a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo Distrital deberá realizar nuevamente el escrutinio y cómputo en los siguientes casos: cuando existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las actas, salvo que puedan corregirse o aclararse con otros elementos a satisfacción plena de quien lo haya solicitado; cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre los candidatos ubicados en el primero y segundo lugares en votación; cuando todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo partido.

La ley también contempla que cuando exista indicio de que la diferencia entre el candidato presunto ganador de la elección en el distrito y el que haya obtenido el segundo lugar en votación, es igual o menor a un punto porcentual, y al inicio de la sesión exista petición expresa del representante del partido que postuló al segundo de los candidatos antes señalados, el consejo distrital deberá realizar el recuento de votos en la totalidad de las casillas.

El ordenamiento también señala que si al término del cómputo se establece que la diferencia entre el candidato presuntamente ganador y el ubicado en segundo lugar es igual o menor a un punto porcentual y existe la petición expresa, el consejo distrital deberá proceder a realizar el recuento de votos en la totalidad de las casillas.

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