Aprueban cancelar licencias y aumentar sanciones a conductores ebrios

También se aprobó aumentar las sanciones a quien realice llamadas falsas a números de emergencia o a quien permita realizarlas.

En sesión de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estrado se aprobó, por unanimidad, reformas al Código Penal y a la Ley de Vialidad para el Estado, enviadas por el Ejecutivo estatal, para sancionar con la suspensión o cancelación definitiva de la licencia para conducir, a quien maneje un vehículo bajo los efectos de estupefacientes y a quien que al operar un automóvil en este mismo estado cause homicidio, imponer de tres a ocho años de prisión.


La reforma al artículo 85 Bis del Código Penal establece que la duración de la suspensión podrá ser de uno a 10 años, mientras que la adición del artículo 323 propone que al que al conducir vehículo de motor cause homicidio o lesiones, hallándose en estado de embriaguez superior al primer grado o bajo el efecto de estupefacientes, enervantes, psicotrópicos o cualquier otra sustancia que produzca un efecto similar, se sancionará de tres a ocho años de prisión.


El artículo 51 de la Ley de Vialidad para el Estado de Puebla establece la cancelación de la licencia en los supuestos previstos por las leyes, que podrá ser definitiva o por tiempo determinado.


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A su vez, se aprobó por unanimidad de votos reformas al artículo 436 Quinquies del Código Penal del Estado para incrementar la sanción a quien cometa el delito de evasión de presos, propuesta, también, del Ejecutivo del Estado. 


Al respecto el diputado Marcelo García Almaguer expresó que el derecho es y debe ser el último recurso que se pueda aplicar al tratarse del más violento y expuso que es necesario fortalecer los valores y garantías para un esquema de reinserción social para sumar y construir un mejor futuro.


Mientras que la diputada Rocío García Olmedo dijo estar de acuerdo con este dictamen, pues la propuesta viene a definir con claridad qué es la evasión de presos; en tanto que la legisladora Mónica Lara Chávez abundó que es necesario expandir el radio de acción del derecho penal. 


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Como parte de la sesión, también, votaron a favor del decreto por el que se reforma el artículo 186 septies del Código Penal del Estado, para imponer de seis meses a cuatro años de prisión y multa de 20 a 200 Unidades de Medida y Actualización, a quien realice llamadas falsas a números de emergencia o a quien permita realizarlas a través de cualquier medio de comunicación, con el objeto de inducir al error y movilizar a los sistemas de emergencias y urgencias o su equivalente.


En caso de reincidencia, se incrementará la sanción hasta en una mitad y si la llamada falsa es realizada por un adolescente, se sancionará de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.

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