Barbosa restringirá acceso a personas no vacunadas ¿Funcionará esto?

Esta medida puede resultar inconstitucional, es decir, que atenta contra los derechos de las personas establecidos en la Constitución Mexicana.

La medida que haría obligatorio presentar el certificado de vacunación antiCovid para acceder o permanecer en espacios públicos, anunciada por el gobernador Miguel Barbosa Huerta, tendría poca efectividad y contaría con una base legal endeble que fácilmente le daría el estatus de inconstitucional, asegura el Maestro en Derechos Humanos Simón Hernández León.

El 19 de noviembre, el gobernador anunció que se emitirá un decreto para presentar el certificado de vacunación en sitios públicos, por lo que solicitó a las personas rezagadas que se vacunen.

La decisión de prohibir la entrada de personas que no hayan sido vacunadas en lugares públicos está tomada y pronto publicaremos un decreto en este sentido”, dijo en conferencia de prensa.

En entrevista para El Popular, Simón Hernández, académico de la Ibero Puebla, explica que la medida sería poco efectiva ya que ni siquiera se podría aplicar correctamente, pues conllevaría grandes requerimientos logísticos para su implementación y la verificación de su cumplimiento; para los cuales ni las autoridades ni la ciudadanía tienen los mecanismos ni las herramientas suficientes.

“Puede generar muchos problemas, sobre todo en su adecuada implementación y verificación. Me parece que tendría poca efectividad en este contexto pandémico”, dijo.

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En Ciudad de México hace algunos meses se implementó una norma que solicitaba el escaneo de un código QR en espacios públicos para detectar y frenar entre los asistentes contagios de coronavirus. 

En un principio, dice el especialista, esa acción era obligatoria, pero tras encontrarse con obstáculos como la brecha digital se hizo voluntaria. 

Con la medida imperativa del gobierno de Puebla, se estaría limitando la circulación y el ingreso de las personas a los espacios públicos, se les estaría segregando simplemente por no tener, por ejemplo, un celular, o por no contar con el certificado de vacunación, el cual se obtiene a través de otras tecnologías a las que no toda la ciudadanía tiene acceso.

Además, la efectividad de este tipo de acciones restrictivas depende del resto de las medidas aplicadas en un lugar. 

Hernández León refiere que, aunque existieran las condiciones tecnológicas y logísticas ideales para aplicar dicha medida, el impacto no sería el esperado.

Pues al mismo tiempo las autoridades han dejado de ver al semáforo epidemiológico como una guía para determinar cuándo se debe restringir la movilidad de las personas.

En cuanto al ámbito legal, el académico apunta que esta medida puede resultar inconstitucional, es decir, que atenta contra los derechos de las personas establecidos en la Constitución Mexicana.

Primero porque los gobiernos estatales no pueden, especialmente en situaciones de pandemia, establecer este tipo de medidas sin antes coordinarse y recibir la aprobación del Consejo de Salubridad General, el cual responde a los ordenamientos del gobierno federal, que ha optado por no tener este tipo de acciones restrictivas para enfrentar la pandemia.

 

 

Asimismo, estas acciones pueden ser desproporcionadas y no justificadas, pues al tener una operación viciada la medida puede ser aplicada con poca observancia por parte de la ciudadanía y con mucha discrecionalidad por parte de las autoridades. 

“Puede ser una medida razonable, por el tema de los contagios, pero desproporcionada y no justificada”, expresa Simón Hernández.

Para inicios de noviembre, Puebla tuvo un avance significativo en la vacunación antiCovid, ya que el 80 por ciento de habitantes cuenta con una dosis de la vacuna. 

El subsecretario Hugo López-Gatell señaló que el rezago de vacunación en Puebla se encuentra principalmente en la Sierra Norte.

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