En Puebla ejercer terapias de conversión se castigará con hasta 3 años de cárcel

La iniciativa, causó polémica entre los grupos religiosos y conservadores que se manifestaron en contra.

En Puebla ejercer terapias de conversión se castigará con hasta 3 años de cárcel
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Por mayoría de votos, el Pleno de la LXI Legislatura avaló realizar modificaciones al Código Penal del Estado para tipificar como delito los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig), luego de que el diputado, Carlos Evangelista Aniceto, presentó una propuesta reformatoria al dictamen.

Con dicho dictamen, el Congreso de Puebla logró prohibir las famosas “terapias de conversión”, y castigar a quien o quienes incurran, promuevan, obliguen o financien dicha actividad con sanciones de hasta tres años de cárcel y multas que llegan hasta las 200 Unidades de Medidas de Actualización (UMA, es decir, de 7 mil 85 pesos a 28 mil 340 pesos.

La iniciativa, causó polémica entre los grupos religiosos y conservadores que se manifestaron en contra de esa pues alegaban, se violentaba su derecho de libertad de culto y creencias religiosas. Por su parte la Asociación de Padres de Familia, alegaba que esto restringía su derecho para educar a sus hijos y que algunas de sus prácticas se vieran violentadas.

Ante esto, personas LGBT+ acudieron afuera de las instalaciones del Congreso local para manifestar su apoyo y que la iniciativa se aprobara. Al lugar llegaron jóvenes y adultos que fueron víctimas de las terapias, y hablaron sobre sus experiencias.

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Aun así, antes de la discusión en el pleno, Mónica Rodríguez Della Vecchia, legisladora panista anunció que la bancada albiazul quería cambiar la redacción de la reforma para que sólo se castigaran las terapias de conversión en donde se ejerciera violencia física y tratos crueles.

“Las que no estarían permitidas son las que causan violencia física moral o mediante tratos crueles e inhumanos y degradantes, pero sí estamos a favor de aquellas terapias que buscan armonizar la expresión de género bajo el libre desarrollo de las personas y la libre determinación terapéutica de la o el paciente”, dijo.

Dicha propuesta fue desechada, lo que orilló a los diputados panistas a votar en abstención la reforma para prohibir las terapias de conversión.

Las terapias de conversión son aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o procedimientos en los que aplican violencia física o psicoemocional o cualquier otra que restrinjan, menoscabe o anule la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de las personas.