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Presentan iniciativa para que San Francisco Totimehuacan sea municipio 

El diputado José Luis Figueroa Cortés propone que San Francisco Totimehuacan se convierta en el municipio 218 de Puebla

Presentan iniciativa para que San Francisco Totimehuacan sea el municipio 
Fredy Angón Presentan iniciativa para que San Francisco Totimehuacan sea el municipio 

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El diputado local del Partido del Trabajo (PT), José Luis Figueroa Cortés, presentó una iniciativa ante el Congreso de Puebla para que la junta auxiliar de San Francisco Totimehuacan se separe del municipio de Puebla capital y recupere su categoría como municipio libre, lo que la convertiría en el municipio número 218 del estado.

Durante la presentación, a la que acudieron habitantes de la comunidad, el legislador recordó que Totimehuacan fue fundado una década antes de la ciudad de Puebla, establecida el 16 de abril de 1531.

Figueroa Cortés subrayó que la junta auxiliar perdió su estatus como municipio en 1962, mediante un decreto aprobado por el Congreso local, lo cual marcó —según dijo— el inicio de una etapa de abandono institucional y crecimiento desordenado.

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“Totimehuacan merece justicia histórica”

El legislador aseguró que la propuesta no solo busca reparar un agravio histórico, sino también garantizar un ordenamiento territorial con base en criterios de desarrollo sustentable y protección del patrimonio cultural.

“La comunidad ha sido testigo de cómo su territorio se ha convertido en una zona semi urbanizada, con crecimiento irregular, carente de planeación y sin un plan de desarrollo integral”, afirmó.

Para avanzar en el proceso, será necesario elaborar y presentar un proyecto de decreto que será evaluado por las y los legisladores del Congreso del Estado.

¿Qué necesita Totimehuacan para volver a ser municipio?

La Ley Orgánica Municipal establece siete requisitos para que una comunidad pueda ser reconocida como nuevo municipio:

I. Tener una superficie mínima de 100 km².

II. Contar con al menos 25 mil habitantes dentro de ese territorio.

III. Que la solicitud sea respaldada por al menos tres cuartas partes de las y los ciudadanos inscritos en el padrón electoral de la zona.

IV. Que la cabecera propuesta tenga categoría de villa.

V. Comprobar que habrá ingresos fiscales suficientes para solventar los gastos de una administración municipal.

VI. Argumentar que el municipio actual ya no responde a las necesidades políticas, sociales y administrativas de la comunidad.

VII. Escuchar la opinión del titular del Poder Ejecutivo y de los municipios involucrados.