El gobierno publicó en el Periódico Oficial del Estado las reformas al Código Penal
Este viernes entraron en vigor las reformas al artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla, tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado. La reforma, conocida como Ley de Ciberasedio o también señalada como Ley Censura, fue aprobada recientemente en el Congreso local. Con 34 votos a favor, seis en contra y una abstención, la bancada de Morena y aliados avaló las modificaciones, luego de las presiones de organizaciones civiles, medios de comunicación y grupos opositores. ¿Qué establece ahora el artículo 480?El artículo modificado establece:
La autoridad deberá considerar el contexto de los hechos para determinar si existe el delito. El delito será perseguido a petición de parte, excepto cuando la víctima sea niña, niño, adolescente, persona con discapacidad o exista relación de autoridad o subordinación, en cuyo caso será perseguido de oficio. Principales cambios en la reforma
Organizaciones critican que la reforma no elimina el delitoPese a los ajustes, organizaciones como la Red Puebla de Periodistas, Artículo 19 y ciudadanas y ciudadanos amparados contra el delito, criticaron que no se eliminara el artículo 480, como se había exigido originalmente. Te puede interesar: Aprueba Congreso reformas al delito de ciberasedio, excluye a servidores públicos Para estos colectivos, el delito de ciberasedio aún representa un riesgo a la libertad de expresión y puede ser utilizado como un mecanismo de censura en contra de periodistas, activistas o personas críticas del gobierno.
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