Entran en vigor reformas al delito de ciberasedio en Puebla

El gobierno publicó en el Periódico Oficial del Estado las reformas al Código Penal

Entran en vigor reformas al delito de ciberasedio en Puebla
Fredy Angón Entran en vigor reformas al delito de ciberasedio en Puebla

La vecindad Podcast

 

Ver Chignahuapan | Fiestas Patronales de Santiago Apóstol

Este viernes entraron en vigor las reformas al artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla, tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado. La reforma, conocida como Ley de Ciberasedio o también señalada como Ley Censura, fue aprobada recientemente en el Congreso local.

Con 34 votos a favor, seis en contra y una abstención, la bancada de Morena y aliados avaló las modificaciones, luego de las presiones de organizaciones civiles, medios de comunicación y grupos opositores.

¿Qué establece ahora el artículo 480?

El artículo modificado establece:

“Comete el delito de ciberasedio quien, a través de tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, de forma reiterada o sistemática, realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a otra persona, y como consecuencia altere su vida cotidiana, perturbe su privacidad o dañe su integridad física o emocional.

La autoridad deberá considerar el contexto de los hechos para determinar si existe el delito.

El delito será perseguido a petición de parte, excepto cuando la víctima sea niña, niño, adolescente, persona con discapacidad o exista relación de autoridad o subordinación, en cuyo caso será perseguido de oficio.

Principales cambios en la reforma

  • Se reduce la pena mínima de prisión de 11 a 6 meses por actos de hostigamiento digital, aunque se mantiene la máxima de tres años.
  • Se excluyen las críticas, opiniones o manifestaciones que tengan interés público, promuevan el escrutinio de personas servidoras públicas o se enmarquen en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y el periodismo.

Organizaciones critican que la reforma no elimina el delito

Pese a los ajustes, organizaciones como la Red Puebla de Periodistas, Artículo 19 y ciudadanas y ciudadanos amparados contra el delito, criticaron que no se eliminara el artículo 480, como se había exigido originalmente.

Te puede interesar: Aprueba Congreso reformas al delito de ciberasedio, excluye a servidores públicos

Para estos colectivos, el delito de ciberasedio aún representa un riesgo a la libertad de expresión y puede ser utilizado como un mecanismo de censura en contra de periodistas, activistas o personas críticas del gobierno.