La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) planea invalidar un artículo de la Ley de Ingresos 2025 de San Pedro Cholula, aprobada por el Congreso de Puebla, debido a que el legislador local invadió las facultades de la Federación para legislar en materia de hidrocarburos y regular el cobro de tarifas. El proyecto que la ministra María Estela Ríos González someterá a votación del Pleno propone declarar la invalidez del Artículo 21, fracción I, incisos qq), rr) y ss), de la Ley de Ingresos del municipio de Cholula, la cual fue impugnada en febrero pasado por la Consejera Jurídica del gobierno federal, Ernestina Godoy Ramos, a través de la controversia constitucional 37/2025. Lo anterior, debido a que el Congreso de Puebla carece de competencia para regular la expedición de licencias de uso de suelo y permisos de construcción en materia de hidrocarburos. Además, el municipio vulnera las facultades del gobierno federal, que ejecuta por medio de la Comisión Nacional de Energía (CNE) la vigilancia técnica de las construcciones y establecimientos que almacenen o distribuyan hidrocarburos. Te puede interesar: SCJN tumba otras 30 Leyes de Ingresos con cobros excesivos en Puebla
La Federación es la única que puede establecer las reglas y condiciones, respecto a las asignaciones, contratos y concesiones que otorga a particulares o a las sociedades constituidas, para la explotación y aprovechamiento de hidrocarburos. Ley de Ingresos de Cholula establece cobrosLa Ley de Ingresos 2025 de San Pedro Cholula establece cobros por la expedición de licencias de uso de suelo, de construcción de obras materiales, aprobación de planos y proyecto y terminación de obra, para los establecimientos que almacenen o distribuyan gas LP o natural, gasolina, diésel o petróleo, así como de almacenamiento y/o comercio al por mayor de productos derivados del petróleo. En caso de que el Pleno de la Suprema Corte vote a favor del proyecto, la declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado.
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