Miércoles 03 Diciembre 2025

A partir de este mes, las personas registradas como deudores alimentarios no podrán tramitar o renovar su licencia de conducir en Veracruz, informó la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).

En un comunicado difundido en redes sociales, la dependencia señaló que, para continuar con cualquier trámite de licencias de manejo, será obligatorio presentar el Certificado de No Inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA).

La SSP dijo que dicho documento, el cual puede obtenerse de manera gratuita en el sitio oficial, será considerado como un requisito más dentro del proceso administrativo.

La disposición aplica en todos los módulos de expedición de licencias del estado para quienes busquen obtener el documento por primera vez o renovarlo.

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“Por disposición oficial, para realizar tu trámite de licencia de conducir deberás entregar el Certificado de No Inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias ¡Considera que este es un requisito más para que puedas obtener tu licencia!”, indicó la SSP.

La medida deriva de la aplicación del Artículo 135 Sexties y 135 Septies de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que faculta a las instituciones a solicitar constancias que acrediten el cumplimiento de obligaciones alimentarias.

La implementación de la ley generó diversas reacciones entre la ciudadanía. Algunos consideran que el requisito podría abrir espacios para la corrupción. Otros que la medida es un exceso, pues creen que el cumplimiento de obligaciones alimentarias no está relacionado con las habilidades para conducir.

Cabe recordar que el RNOA también es un requisito indispensable para contraer matrimonio en cualquier municipio en el estado de Veracruz, ya que quienes deseen casarse deben acreditar que no están registrados como deudores alimentarios.